El Banco de España lo confirma: esta es la cantidad máxima que pueden cobrarte por una transferencia
Según la orden ECE/228/2019, una entidad bancaria no puede cobrar una comisión máxima, única y conjunta mensual superior a tres euros.
Todos los bancos están obligados a ofrecer cuentas de pago básicas, que promueven la inclusión financiera en la Unión Europea (UE) y facilita los servicios básicos bancarios que un consumidor necesita en su día a día, como retirada o ingreso de dinero y el envío de transferencias, entre otros.
¿Cuál es la cantidad máxima que me pueden cobrar por transferencia? La orden ECE/228/2019, sobre cuentas de pago básicas, procedimiento de traslado de cuentas de pago y requisitos de los sitios web de comparación, se encarga de regular estas cantidades.
Según explica su artículo cuatro, una entidad bancaria no podrá cobrar mensualmente al cliente una comisión máxima, única y conjunta superior a tres euros por la prestación de los siguientes servicios:
- Apertura, utilización y cierre de cuenta.
- Depósito de fondos en efectivo en euros.
- Retiradas de dinero en efectivo en euros en las oficinas o cajeros automáticos de la entidad situados en España o en otros Estados miembros de la Unión Europea.
- Operaciones de pago mediante una tarjeta de débito o prepago, incluidos pagos en línea en la Unión Europea.
- Hasta 120 operaciones de pago anuales en euros dentro de la Unión Europea consistentes en pagos realizados en ejecución de adeudos domiciliados y transferencias, incluidos los pagos realizados en ejecución de órdenes de transferencia permanentes, en las oficinas de la entidad y mediante los servicios en línea de la entidad de crédito cuando esta disponga de ellos.
El Banco de España podrá actualizar cada dos años la comisión máxima mensual, con base en la evolución de los criterios establecidos en el artículo 9.3 del Real Decreto-ley 19/2017, de 24 de noviembre, a lo largo de dicho período.
Esas modificaciones se basan en el nivel de renta nacional en relación con otros Estados miembros, y las comisiones medias aplicadas por las entidades de crédito por tales servicios en cuentas distintas de las cuentas de pago básicas.
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