ECONOMÍA

¿Cuánto me puede subir mi casero el alquiler en 2024 y cuál es el límite máximo que se puede aplicar?

Mientras que durante en 2023 el incremento estuvo limitado al 2%, a partir de 2024 se actualizarán a un máximo del 3%. Si pagamos 1.000€ al mes, el propietario del inmueble podrá incrementar el precio del alquiler 30€/mes.

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El precio de la vivienda en alquiler continúa al alza. De hecho, se sitúa en 12,1 euros el metro cuadrado de media en España, según los datos recopilados por Idealista referentes al mes de diciembre -una subida de más del 10% si se compara con el mismo mes de 2022-.

Tras la aprobación de la Ley de Vivienda, la cual entró en vigor el pasado 26 de mayo, se estableció una nueva definición de zonas tensionadas que, entre otras cosas, prohibía subir el alquiler conforme al Índice de Precios de Consumo (IPC). Por si esto fuera poco, contempló el hecho de que los inquilinos no tuvieran que abonar los honorarios de agencia.

El origen de esta medida

En 2022, el Gobierno aprobó una serie de medidas para combatir los efectos de la guerra en Ucrania, un conflicto que indirectamente afectó a los bolsillos de todas las familias españolas. Una de ellas fue la desvinculación temporal de las renovaciones de los alquileres del IPC.

Dado que el IPC alcanzó una media del 8,4% en 2022, el Gobierno decidió establecer esta medida para dar un respiro a los bolsillos de los inquilinos españoles. De esta forma, desde abril de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2023 el precio de los contratos de alquiler se actualizó con el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que estaba limitado a un máximo del 2%.

¿Cuáles son los incrementos?

Por tanto, tal y como refleja el portal inmobiliario especializado en la compraventa y alquiler de viviendas de segunda mano (Fotocasa), lo que a priori era una medida temporal, se ha convertido en una de las referencias que forman parte de la nueva Ley de Vivienda.

¿Podrán subirme el alquiler en 2024?

De acuerdo con la Disposición final sexta de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, un inquilino con un contrato de alquiler regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos, durante 2024 “podrá negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta, con sujeción a las siguientes condiciones”:

  • Si el casero es un gran tenedor, el incremento de la renta será el que resulte del nuevo pacto entre las partes, sin que la variación anual de la renta pueda exceder del 3%. En ausencia de este nuevo pacto entre las partes, el incremento de la renta quedará sujeto a esta misma limitación.
  • Si el casero no es un gran tenedor, la actualización del precio del alquiler será el que resulte del nuevo pacto entre las partes. En ausencia de este nuevo pacto entre las partes, el incremento de la renta a aplicar no podrá ser superior al 3%.

 

Esto es, a partir de 2024, el índice de actualización de la renta será del 3%, por lo que si pagamos 1.000 euros al mes, el propietario del inmueble podrá incrementar el precio del alquiler 30 euros mensuales (360 euros al año) siempre y cuando no se llegue a otro acuerdo entre casero e inquilino.

Aspectos a tener en cuenta

No obstante, si durante 2023 no se ha aplicado la subida correspondiente del 2%, de acuerdo con el artículo 1964 del Código Civil, sí que podría ser acumulativo. Según el Director General de la Agencia Negociadora de Alquiler, José Ramón Zurdo, en declaraciones al citado portal inmobiliario líder de España, en 2024 nos podrían aplicar la subida del 2% de 2023 más la subida del 3% de 2024. Ahora bien, siempre que la subida correspondiente a cada año respete los límite fijados de la ley.

Además, el Instituto Nacional de Estadística (INE) definirá -antes del 31 de diciembre de 2024- un nuevo índice de referencia para la actualización de los contratos de arrendamiento de vivienda, que se aplicará a partir de 2025.

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