CAMPAÑA RENTA 2023-2024

Calendario Renta 2023-24: fechas, plazos y cuándo se puede solicitar el borrador para presentar el IRPF

La Campaña Renta 23/24 comienza este 3 de abril. En marzo ya podremos consultar nuestros datos fiscales. La fecha límite es el 1 de julio.

La campaña de la Renta 2023 está más cerca. El próximo 3 de abril inicia el plazo para la liquidación del IRPF, una campaña que durará casi cuatro meses, hasta el 1 de julio.

Desde el pasado 12 de marzo, ya está disponible el nuevo servicio para obtener el número de referencia para 2023, que te permitirá gestionar todos los servicios para la Campaña de Renta 2023 (y para las campañas anteriores). El número de referencia que hubieras obtenido anteriormente ya no es válido, por lo que debes obtener uno nuevo. La casilla a introducir para la obtención del número de referencia es la 505 de la declaración de Renta 2022.

Puedes obtener el número de referencia a través de la APP de la Agencia Tributaria o en el siguiente enlace: Agencia Tributaria: Número de referencia. En todo caso, si te registras en Cl@ve puedes acceder a todas las gestiones de Renta sin necesidad de obtener el número de referencia.

¿Cuándo se puede presentar el borrador de la renta?

Este 3 de abril de 2024 será el primer día para presentar nuestro borrador. Este año, la Campaña de la Renta acaba el 1 de julio. Millones de españoles deberán rendir cuentas en este trámite anual en el que Hacienda regula que todos los contribuyentes han cumplido correctamente con sus obligaciones tributarias. Sin embargo, ya se pueden consultar los datos fiscales.

Desde el 19 de marzo se pueden consultar los datos fiscales para revisar nuestro borrador de la Renta. En caso de que quieras comprobarla por ti mismo, debes acceder a la aplicación de la Agencia Tributaria y pulsar en el icono “Renta” que se encuentra en el apartado “Gestiones”. A continuación, se desplegará una ventana emergente con la fecha.

Este borrador de Hacienda consiste en una declaración que la propia Administración pone a disposición de los contribuyentes y que incluye sus datos personales, familiares y económicos de los que tiene constancia. Es conveniente recalcar que son datos que la administración maneja sobre los contribuyentes y estos pueden ser incorrectos, por lo que el borrador no es fiable al cien por cien.

Si se presenta sin revisar y contiene errores, serás sancionado

En definitiva, este borrador tiene un carácter meramente informativo, aunque puede presentar previa confirmación del ciudadano. De esta manera, si se presenta sin revisar y este contiene errores, a pesar de que sea la propia Administración, el ciudadano será sancionado por “intentar” engañar con su declaración de la Renta.

Por todo ello, es conveniente revisarlo, ya que pueden faldar datos como por ejemplo las donaciones o los pagos sindicales. También, puede resultar que las retenciones sobre los rendimientos de trabajo que maneja la Agencia Tributaria no sean correctas.

Se podrá presentar por teléfono o de manera presencial

Las declaraciones correspondientes al ejercicio fiscal de 2023 se podrán presentar de diferentes maneras, de modo que las fechas varían si se quiere presentar por teléfono, o de manera presencial. Para confeccionarla por teléfono, el plazo empezará el 7 de mayo y se prolongará hasta el 1 de julio. La solicitud de cita abrirá el día 29 de abril y llegará hasta el 28 de junio.

Por su parte, para hacer la declaración presencialmente en algunas de las oficinas, habrá que esperar al mes de junio. Será del 3 al 1 de julio cuando se podrá acudir a una de ellas. Eso sí, habrá que hacerlo con cita previa, que se podrá pedir desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio.

Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, debes concertar previamente cita, por Internet o llamando a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

Lo más visto

Más noticias