Buenas noticias para miles de españoles: estos son los que se podrán deducir 100 euros en el IRPF de la Renta 2025-26
Los gastos veterinarios se pueden desgravar en Andalucía y en otras comunidades, pero hay que cumplir con ciertos requisitos.
El año avanza y se aproxima uno de los momentos clave en lo relativo a la fiscalidad: la presentación de la Declaración de la Renta. La campaña de la renta 25-26 dará comienzo el próximo 8 de abril (para las presentaciones por internet) y se extenderá hasta el 30 de junio.
Y, como cada año, la renta de este ejercicio viene acompañada por alguna novedad: en el caso de este año, una mejora fiscal para los perceptores del salario mínimo interprofesional (SMI) o algunos ajustes para colectivos como los autónomos. Y otra novedad, esta aplicable en algunos territorios como Andalucía, es una deducción de hasta 100 euros para aquellos contribuyentes que tengan animales de compañía.
La Junta de Andalucía confirmó en los últimos meses esta nueva deducción de hasta 100 euros para los dueños de animales de compañía, que se aplicará por primera vez en la renta que se debe presentar durante este año. Esta medida permitirá a los andaluces desgravar el 30% de los gastos veterinarios, hasta un máximo de 100 euros por contribuyente.
En esta deducción se podrán incluir gastos comunes en el cuidado de una mascota como las consultas veterinarias, las vacunaciones, los tratamientos médicos o las intervenciones, siempre que estén justificadas mediante factura. Para poder beneficiarse de esta deducción, el animal debe estar identificado con microchip y registrado en el Registro Andaluz de Identificación Animal (RAIA), mientras que el gasto debe figurar a nombre del titular de la declaración.
Más beneficios por adopción
La medida, según informó Juanma Moreno Bonilla, presidente andaluz, beneficiará a unos 182.000 ciudadanos de la comunidad. “Esto se traducirá, en la práctica, en más capacidad de ahorro para todos aquellos andaluces que compartan su vida con un animal de compañía”. Pero en esta deducción hay diferentes niveles de aplicación.
En el caso de una mascota comprada, la deducción únicamente será aplicable durante el primer año desde su adquisición. Si se trata de una adopción en un centro de acogida o una protectora, el beneficio se podrá disfrutar durante tres años, buscando fomentar la adopción. En caso de que se trate de perros guía, de asistencia o animales con funciones terapéuticas, la deducción será durante toda la vida del animal, siempre que sigan cumpliendo dichas funciones y que estén registrados debidamente.
No obstante, no todos los andaluces poseedores de mascotas podrán acceder a esta deducción. Con el objetivo de que se concentre en las rentas medias, existirán límites de renta que evitarán que se convierta en una ventaja generalizada. Además, dicha deducción se aplicará únicamente en el tramo autonómico del IPRF y solo para quienes tengan su residencia fiscal en Andalucía.
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Este tipo de ayudas es cada vez más común, pues no solo se aplican en Andalucía. Otras comunidades, como Madrid, Cataluña, la Región de Murcia o la Comunidad Valenciana ofrecen diferentes deducciones para los gastos veterinarios de las mascotas, que oscilan entre los 100 y los 300 euros y que están limitadas a una cantidad máxima de ingresos.
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