CORONAVIRUS
Estado de Alarma Madrid: ¿puedo ir a una segunda residencia al pueblo o en la sierra?
Casi cinco millones de madrileños se han visto afectados por las restricciones a la movilidad que ha impuesto el Gobierno central en la región.
A pesar de ser un puente del Pilar muy atípico, muchos españoles no han querido perder la oportunidad de escaparse para desconectar durante unos días. Sin embargo, está siendo especialmente complicado para los casi cinco millones de madrileños residentes en alguno de los nueve municipios afectados por el estado de alarma que decretó este viernes el Gobierno y que está ya publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Se preguntan si, al menos, sería posible desplazarse a su segunda residencia. La respuesta negativa.
En el documento se recogen todas las restricciones a la movilidad impuestas en las zonas con una elevada incidencia acumulada de casos, entre las que se encuentran no poder entrar o salir de estos municipios. Así, los residentes de ciudades que tengan más de 100.000 habitantes y estén confinadas no podrán desplazarse fuera de estas para disfrutar de su segunda residencia mientras dure el estado de alarma. En sentido contrario tampoco será posible. Es decir, si alguien vive fuera de las zonas restringidas y tiene un segundo domicilio en alguna ciudad afectada tampoco podrá acudir.
No obstante, aquellos madrileños que pudieran salir de las zonas afectadas antes de decretarse el estado de alarma o que se encontraran ya fuera por los motivos que sea, podrán volver sin problema a sus domicilios habituales, que son los que aparecen en el certificado de empadronamiento o en el Documento Nacional de Identidad. Por eso, muchos están optando por empadronarse en las segundas viviendas y así tener la posibilidad de acudir.
¿En qué casos me puedo desplazar?
La entrada y salida de los municipios que se encuentran en estado de alarma solo estarán justificadas por motivos laborales, escolares, sanitarios u otros de causa mayor. Dentro de la propia comunidad, si estará permitido que los residentes puedan circular, siempre respetando las medidas sanitarias vigentes.
Documentos para justificar desplazamientos
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