CORONAVIRUS
Europa registrará a las personas que se opongan al suministro de la vacuna
La vacunación no será obligatoria, pero la Unión Europea necesitará saber el nombre de aquellas personas que se nieguen a la administración del fármaco.
La campaña de vacunación en España comenzó el domingo, 27 de diciembre, en las residencias de mayores repartidas por todo el país. A pesar de que desde el Ministerio de Sanidad establecieron un plan de vacunación específico, las autoridades han dejado muy claro que en ningún momento la vacuna será obligatoria. Esto quiere decir que hay personas que podrán oponerse al suministro del fármaco.
Registro de las personas que se nieguen al suministro de la vacuna
No querer ponerse la vacuna es algo normal y totalmente respetable. Pero a pesar de ello, las autoridades sanitarias españolas llevarán un registro de aquellos individuos que se nieguen a la administración del medicamento. Ese listado de personas será compartido con otros países de la Unión Europea, pero sus datos no se publicarán en ningún caso.
Así lo ha informado esta mañana el ministro de Sanidad, Salvador Illa, en una entrevista concedida en 'Al Rojo Vivo' de 'La Sexta': "No es un documento para hacer público y se va a hacer con el máximo respeto a la protección de datos", ha señalado.
Solidaridad ciudadana
Illa ha instado a la responsabilidad individual de cada uno a la hora de ponerse la vacuna para colaborar con la sociedad: "Cuantos más se vacunen, mejor. Apelo a la solidaridad de la ciudadanía para evitar contagiar a otros", ha añadido.
"Me parece que a estas alturas todos vemos que la forma de derrotar al virus es vacunarnos todos o cuantos más, mejor", ha concluido el ministro.
¿Por qué ha de haber un registro?
La última actualización de la 'Estrategia de Vacunación contra la COVID-19 en España', elaborada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud establece: "Sin perjuicio del deber de colaboración que recae sobre los individuos, la vacunación frente a COVID-19 será voluntaria, y ello, a salvo de lo previsto en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas especiales en materia de salud pública".
"Se considera importante registrar los casos de rechazo a la vacunación en el Registro de vacunación, con la finalidad de conocer las posibles razones de reticencia en diferentes grupos de población", informa el documento en el apartado 'Voluntariedad de la vacunación'.
En los 'Criterios de Evaluación para Fundamentar Modificaciones en el Programa de Vacunación en España' de septiembre de 2011, las autoridades proponen que si una persona se niega a ser vacunada, la información deberá recogerse en la historia clínica o en el registro de vacunación, "pudiendo recogerse la negativa firmada del interesado o sus responsables si se considera pertinente".
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