Sogecable responde al laudo de la CMT

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Sogecable responde al laudo de la CMT

Dice que contraviene una sentencia firme de la Audiencia de Madrid

Sogecable ha comunicado a sus accionistas que los recientes laudos de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) por los que Sogecable debería modificar sus contratos con los operadores de cable Euskaltel, Teneria y Telecable, para la difusión en pago por visión de los partidos de fútbol producidos por Audiovisual Sport contravienen una sentencia firme de la Audiencia Provincial de Madrid.

Además, anuncia que tomará las acciones legales pertinentes para defender los derechos de la compañía. En el comunicado a sus inversores, Sogecable recuerda que "estos mismos operadores interpusieron, en junio de 2002, una demanda contra Canal Satélite Digital y Audiovisual Sport, reclamando la modificación de los mínimos garantizados que deben abonar a Audiovisual Sport, por temporada, en términos idénticos a los que han reproducido en su reclamación arbitral ante la CMT".

En este sentido, apunta que "el Juzgado de Primera Instancia nº 67 de Madrid primero, en junio de 2003, y la Audiencia Provincial de Madrid recientemente, en octubre de 2004, han desestimando íntegramente las demandas de éstos operadores al considerar que los contratos suscritos por Audiovisual Sport con cada uno de ellos eran plenamente ajustados a Derecho".

Además, Sogecable destaca que los contratos suscritos por dichos operadores datan del año 2000, "y en ningún caso se han visto afectados por las condiciones impuestas por el Consejo de Ministros para la autorización de la integración de Vía Digital en Sogecable, que tuvo lugar en noviembre de 2002".

Por todo ello,la compañía anuncia que tomará "todas las medidas legales a su alcance" para la defensa de sus derechos.