CORONAVIRUS

Reuniones familiares en Madrid: ¿de cuántos pueden ser? ¿Y si son convivientes?

Óscar Cañas - Europa Press - Archivo

Se reducen el máximo de personas permitido en reuniones familiares y sociales porque producen sensación de falsa seguridad y una excesiva relajación.

Este sábado ha sido el primer de vigor de las nuevas medidas de restricción en Madrid, publicadas el viernes por el Gobierno regional en el Boletín Oficial de la Comunidad. Estas limitaciones en la movilidad afectan a la capital y otros nueve municipios madrileños: Fuenlabrada, Parla, Alcobendas, Torrejón de Ardoz, Getafe, Alcorcón, Leganés, Móstoles y Alcalá de Henares.

El ocio es uno de los sectores en los que más hincapié llevan haciendo las autoridades sanitarias desde que comenzó la pandemia, ya que sigue siendo el que más brotes y casos de COVID-19 registra. Especialmente las reuniones familiares. Los expertos afirman que juntarnos con nuestros seres queridos nos proporciona una falsa seguridad que puede resultar muy peligrosa porque no tomamos las medidas.

Como consecuencia, y para remarcar la importancia de seguir las recomendaciones sanitarias en todo momento, se han reducido las reuniones sociales y familiares a un máximo de seis personas, tanto en espacios públicos como privados. Salvo en caso de ser convivientes, donde no se establece ningún límite.

Otras medidas

- Se restringe la entrada y salida de personas en estos municipios, salvo por motivos justificados.

- Se permite la circulación dentro del municipio, aunque se desaconsejan desplazamientos que no sean imprescindibles.

- Los aforos en los bares quedan reducidos al 50% y estará prohibido el consumo en barra. Además, las mesas podrán ser ocupadas por un máximo de seis comensales. La hora de cierre quedará establecida a las 23:00 horas, salvo para los pedidos a domicilio, y no podrán entrar clientes nuevos a partir de las 22:00 horas.

- El aforo en los velatorios quedará limitado a 15 personas.

- Las academias y las autoescuelas tan sólo podrán estar al 50% de su capacidad.

- El número máximo de personas que podrán hacer deporte en grupo es de 6.

Todavía no hay obligatoriedad

Habitualmente, la infracción de una norma conlleva el establecimiento de un castigo en forma de multa, aunque el Boletín Oficial de Estado (BOE) no indica nada sobre las sanciones ni su importe. Pero, si se toma como base las sanciones impuestas por la Comunidad de Madrid en las zonas básicas donde se implantaron las restricciones anteriormente, el coste podría oscilar entre 600 y 600.000 euros.

No obstante, por el momento los controles serán solamente informativos y los ciudadanos no podrán ser multados, ya que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid debe ratificar antes la normativa.