CORONAVIRUS

Restricciones en Madrid: documentos para justificar desplazamientos y excepciones

Con motivo de la Orden regulada por Sanidad para frenar la expansión de la pandemia, los agentes podrán solicitar certificados que acrediten la necesidad de movilidad.

Limitar la movilidad es uno de los principales objetivos de la nueva Orden decretada por Sanidad para intentar controlar la pandemia en los municipios cuya incidencia sea muy elevada. Estas disposiciones comenzarán a aplicarse en Madrid capital y otros nueve municipios a partir de las 22:00 horas de esta noche.

Pero existen una serie de desplazamientos que sí estarán permitidos, y para ello existen algunos documentos que pueden reclamar los agentes que vigilan la restricción de la movilidad en las zonas perimetradas

Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios

Para acudir a urgencias de un hospital, no existe un documento reglado. En caso de visitar a un especialista médico, fisioterapeuta, psicólogo o dentista, bastará con presentar el justificante que acredite contar con cita previa.

Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales

Todavía no existe en España un documento oficial y único que sirva como salvoconducto por motivos laborales, profesionales o empresariales. Pero la Comunidad de Madrid lanzó hace un mes un certificado que permite al portador justificar la entrada y salida de las zonas donde se decretaron restricciones. Puede descargarse aquí.

Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos

Los alumnos que estudien en un municipio diferente deberán solicitar un documento que así lo acredite. A falta del salvoconducto, el carné personal de adscripción a estos centros podría servir para justificar el desplazamiento cuestionado.

Retorno al lugar de residencia habitual

En caso de haber sido sorprendido por estas restricciones fuera del lugar de residencia, se podrá regresar al domicilio habitual. Para justificarlo, habrá que presentar el certificado de empadronamiento o el Documento Nacional de Identidad (DNI).

Asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables

Es válido cualquier documento que exponga que un familiar tiene algún grado de dependencia concedida. Así, los agentes pueden acompañar a la persona hasta el domicilio del dependiente para comprobarlo.

A entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse

Los bancos y compañías de seguros pueden emitir justificantes a los clientes que necesiten imperativamente realizar gestiones en municipios afectados de limitación de la movilidad.

Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales

En este caso, valen las citas previas en teléfonos móviles o impresas. De esa forma, se podrá justificar ante la Policía la cita con un organismo público, judicial o notarial.

Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables

Las administraciones pueden emitir justificaciones para realizar estas gestiones, así como enviar citas previas para poder justificar un desplazamiento entre municipios afectados.

Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables

En el caso de que se vaya a acudir a algún examen oficial (como por ejemplo el de conducir), los diferentes organismos pueden emitir documentos que prueben que en la fecha indicada se requiere a la persona que se desplaza.

Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad

Este último apartado afecta a otros supuestos que no contempla la norma y exijan la movilidad de las personas. Durante el estado de alarma se planteó este ejemplo para el cuidado de animales o de huertos urbanos, aunque en algunos municipios se permitió y en otros no. Una posible sanción irá en función de la decisión de los agentes, aunque las multas son recurribles.