Coronavirus

Coronavirus: ¿puedo cobrar paga extra si he sufrido un ERTE?

Biel Aliño

Más de tres millones de trabajadores se han visto afectados por un ERTE y ahora se preguntan qué derechos mantienen mientras dure esta situación.

El estado de alarma decretado por la pandemia del coronavirus suspendió las actividades comerciales, recreativas, de hostelería y restauración y de espectáculos. Muchas empresas vieron cerrados sus negocios y otras, aunque operativas, también han sufrido un recorte tanto en su actividad como en sus ingresos.

Esta situación ha provocado una avalancha de ERTE en nuestro país, que ha afectado ya a más de 3 millones de trabajadores. Cerca de medio millón de empresas han optado ya por una regulación temporal de empleo. El ERTE supone que la empresa suspende temporalmente el contrato de trabajo de su empleado o bien reduce su jornada laboral. El trabajador, por tanto, no es despedido, sino que durante un tiempo su actividad queda interrumpida.

Durante este tiempo, los afectados se han hecho multitud de preguntas sobre los derechos que mantienen o la prestación que tendrán durante el tiempo que dure el ERTE, entre otras cuestiones. También qué sucede con las pagas extras que tiene a lo largo del año. El Estatuto de los Trabajadores determina que todo empleado tiene derecho a dos pagas extraordinarias, incluso hay convenios que establecen tres a lo largo del año. Éstas se cobrarán dos o tres meses al año o bien serán prorrateadas en la nómina mensual.

No se devengan pagas extras mientras dure el ERTE

El derecho a recibir pagas extraordinarias se genera por cada día trabajado. Es decir, el importe a percibir será proporcional al tiempo trabajado. Es decir, las pagas extras se van a ver afectadas cuando un trabajador esté en un ERTE. Mientras dure el ERTE de suspensión no se devengarán pagas extras. Por poner un ejemplo, si un empleado afectado por esta situación en la actualidad suele cobrar una de las pagas extras en el mes de junio, ésta se va a ver reducida cuando la perciba dentro de dos meses, ya que durante el tiempo que haya durado el ERTE no habrá generado la misma cantidad que por ejemplo el año anterior al haber trabajado menos días.

Por su parte, si un trabajador ha sufrido un ERTE de reducción de jornada, sí que seguirá generando pagas extras por día trabajado, con la particularidad que lo hará en una cuantía proporcional al tiempo de trabajado. Es decir, igual que su nómina mensual estará siendo menor, la cuantía de la paga extraordinaria cuando ésta se cobre, también será más baja.