CORONAVIRUS
Renta Mínima Vital: ¿qué falta por saber a días de que se apruebe?
Será aprobada esta semana por el Gobierno y está previsto que se pueda empezar a solicitar a partir del próximo 1 de junio. Costará al Estado unos 3.000 millones de euros.
El Gobierno aprobará este viernes la Renta Mínima Vital con la que se pretende ayudar a miles de familias que tienen problemas económicos, sobre todo después de la crisis sanitaria producida por la pandemia del coronavirus.
Ya se conocen algunos aspectos de esta prestación impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez: se podrá solicitar a partir del 1 de junio; varía desde los 462 a los 1.015 euros, según el número de miembros; ayudará a unas 850.000 familias; y tendrá un coste de 3.000 millones de euros para las arcas del Estado (según anunció el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá), entre otras características.
Lo que no conocemos todavía
Sin embargo, hay todavía algunas preguntas que quedan por resolver, como apunta El País:
¿Qué pasará con las rentas mínimas de inserción que gestionan las comunidades autónomas?
Esta prestación irrumpe en un sistema descentralizado y heterogéneo de rentas mínimas de inserción, la última opción para los que han agotado todos los recursos. Y es muy criticado por agentes sociales y por la ONU porque no da cobertura a toda la población necesitada, por los problemas burocráticos para acceder a ella, o por el largo tiempo de espera para cobrarla.
No obstante, el ministro de Seguridad Social, Escrivá, apuntó que ambas ayudas serán compatibles. Aunque, no será fácil de gestionar. Hay comunidades autónomas, como País Vasco o Navarra, cuya ayuda es superior al mínimo que plantean desde el Ejecutivo, otras que gestionan su ayuda de manera diferente de la Seguridad Social, o provincias que ya piden a sus comunidades autónomas poder gestionarla directamente, como es el caso de Andalucía.
¿Podrán solicitarla los extranjeros?
Solo los extranjeros con residencia legal en España y que lleven un periodo mínimo de un año consecutivo podrán acceder a la ayuda. Por tanto, quedarían excluidos los solicitantes de asilo. Pero, según el borrador, la ayuda podrá llegar a aquellos que pidan protección internacional.
¿Cuál es el límite patrimonial para recibir la ayuda?
Este es uno de los requisitos que más podría modificarse, en relación al borrador: En un principio, se tomarán las declaraciones ante Hacienda del ejercicio anterior y quedará excluida del cómputo la vivienda habitual; el umbral máximo será de seis veces la renta anual que garantiza el ingreso mínimo, se contarán otros inmuebles y el dinero en cuentas corrientes y fondos de pensiones.
Cada Comunidad Autónoma marca el límite patrimonial para definir las rentas mínimas. Y es uno de los puntos que más varía entre unas y otras: algunas especifican no superar por tres o por cuatro el límite de la ayuda, otras no tienen limitación, y otras marcan como requisito carecer de medios para cubrir las necesidades básicas. Se trata de uno de los puntos más controvertidos de la Renta Mínima Vital.
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