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España burla el radar

Los controles antidopaje convencionales son equiparables a los controles de velocidad de tráfico. Si el radar detecta que se ha superado el límite, la prueba es suficiente para sancionar. Igual que lo es la presencia de una sustancia prohibida en la orina de un deportista. El pasaporte biológico funciona de otra manera: mide la evolución y las alteraciones en los parámetros fisiológicos de una persona durante un periodo de tiempo. Si vamos al ejemplo anterior, sería como si un vehículo entra y sale de un túnel a la velocidad reglamentaria, pero los cálculos sobre el total del tiempo invertido en recorrer ese tramo demuestran que en el interior sí superó el tope permitido. En la lucha antidopaje internacional, que se gestiona desde la Agencia Mundial (AMA), esta herramienta tiene la misma validez de prueba que un control clásico. Así se aplica en todos los países que han firmado el convenio, menos en uno: España. Aquí, la justicia ha dictado que el pasaporte biológico no puede ser considerado como “única prueba de cargo”, porque se basa en “una alta probabilidad” y no en “el plano de las certezas”. La Audiencia Nacional ha ratificado así la sentencia del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) que exculpaba al ciclista Ibai Salas, tras haber sido sancionado cuatro años por la Agencia Española, actual CELAD.

Fuera de España, la cosa sí funciona, como demuestra la sanción que recibió Marta Domínguez de la IAAF. La contradicción permanece. Llegados a este punto, el caso de Salas ha congelado en el limbo otros expedientes, y prácticamente tiene parada la política de control de los más de 900 deportistas vigilados con este método. La CELAD cree que el cambio de la Ley en 2021 soluciona el futuro, pero todavía no se ha sancionado a nadie, así que es una incógnita. Mientras tanto, España sigue en incumplimiento de la norma internacional. Y eso puede explotar un día.