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¿Cuánto vale mi vivienda, cuál es su VRM en Catastro y cómo afecta al IBI?

El pasado 1 de enero entró en vigor el nuevo Valor de Referencia de Mercado para prevenir y luchar contra el frauda. Ya se puede consultar en la web del Catastro.

Hasta el momento, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se calculaba en función del valor real de los inmuebles en el momento de la adquisición. Pero esto dejará de funcionar y ahora se basará en el Valor de Referencia del Mercado (VRM).

El VRM se utilizará como base imponible del ITP y del Impuesto de sucesiones, y se calcula "teniendo en cuenta el número de transacciones similares a las del inmueble modulado por los parámetros de valoración catastral del inmueble", según la web Ayming.

El valor de las viviendas, ya disponible en el Catastro

Para consultar el valor de referencia de una vivienda, tan solo hay que acceder a la web del Catastro e introducir los datos del DNI o el certificado digital. Tras este primer paso, la web exigirá la referencia catastral del inmueble, según explica OCU Inmobiliario.

El VRM no afecta de ninguna forma a impuestos como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) o la imputación de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), a los que se les seguirá aplicando el valor catastral como se ha hecho hasta ahora, según OCU Inmobiliario.

Además, de acuerdo con esta web, el nuevo Valor de Referencia del Mercado puede provocar algún que otro problema con Hacienda cuando un comprador o heredero de una vivienda crea que está pagando impuestos por una capacidad contributiva ficticia.