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¿Te pueden multar sin darte papel o es obligatorio que te notifiquen la multa?

Las autoridades pueden notificar una multa después de que se haya cometido la infracción, aunque tendrán un límite de meses dependiendo de si es grave o leve.

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Alguno de los que lean esto habrán recibido, al menos una vez en su vida, una multa de tráfico. Exceso de velocidad, aparcar el coche en algún vado, no notificar con los intermitentes una maniobra, etc. Son varias las razones por las que podemos recibir una sanción económica, pero, ¿pueden multarme si no se me notifica?

Según afirma auto10, las autoridades (Guardia Civil o Policía) no tienen por qué facilitarnos la multa física en el caso de que cometamos alguna infracción. Desde que comenzó la pandemia, los agentes tratan de evitar el trámite para asegurar un contacto mínimo con los conductores.

Notificación posterior a la multa

En todo caso, si los agentes no te dan 'la receta' en el momento de la multa, el órgano sancionador tiene que hacerte llegar la notificación de forma posterior: si se trata de una infracción grave, esta debe llegar como muy tarde seis meses después de haber cometido la infracción; y si es una infracción leve, este plazo se reduce a tres meses.

En todo caso, según la Ley de Tráfico y Seguridad Víal en su artículo 89, las notificaciones se podrán enviar a los infractores de forma posterior si:

La notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.

b) Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.

c) Que se haya tenido conocimiento de la infracción a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.

d) Que el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia, control, regulación o disciplina del tráfico y carezca de medios para proceder al seguimiento del vehículo.

También se puede consultar si hemos sido multados en el Boletín Oficial del Estado. Tan solo hay que acceder al Tablón Edictal Único con nuestra clave PIN, DNIe o certificado electrónico. En el Boletín Oficial del Estado quedan reflejadas las multas y sanciones que reciben los conductores.