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Jubilación parcial: requisitos, cuánto se cobra y qué es el contrato de relevo
Los trabajadores españoles mayores de 60 años pueden acceder a una jubilación anticipada, desempeñando a la vez una actividad laboral parcial.
La jubilación parcial se considera cuando un trabajador percibe la retribución de su pensión por jubilación, al mismo tiempo que recibe un sueldo por una actividad laboral. Según la web oficial de la Seguridad Social, la jubilación parcial se valora después del cumplimiento de los 60 años, acompañado de una relación contractual a tiempo parcial y la posibilidad de un contrato de relevo de un trabajador en situación de desempleo o que haya hablado previamente con la empresa para una duración establecida.
Nunca, se establece un contrato de jornada completa, por lo que el solicitante debe firmar con la empresa un contrato temporal o parcial. La reducción de las horas que alberga esta jubilación 'a medias' se centra en que el empleado trabajará un 25% menos de lo que hacía antes, al igual que puede ser a la mitad para una media jornada. Incluso, se puede disminuir hasta un 75%, si el empleado tiene una alta cotización y requiere contrato de relevo.
Requisitos: Importancia del contrato de relevo
En primer lugar, lo primordial para ejecutar a un empleado una jubilación parcial, es saber si la empresa puede llevar a cabo un contrato de relevo o sin él. Esto quiere decir, que la relación contractual sin relevo es cuando el empresario no ha contratado a nadie que realice la función parcial del jubilado. En cambio, con el contrato, la persona puede elegir a un trabajador que se trabaje esa reducción de horas parciales.
Sin contrato de relevo
La jubilación parcial con el contrato de relevo se consigue tras haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación, los 65, y haber cotizado un total de 37 años y tres meses. Al igual, tener derecho a la pensión tras haber cotizado durante su vida laboral, mínimo 15 años, de los cuales han tenido que transcurrir dentro de ese tiempo. La reducción laboral, en función de las situaciones, mínimo es un 25% y un máximo la mitad de la actividad laboral.
Con contrato de relevo
Lo primero, y más importante, es haber tenido previamente un contrato a jornada completa, aunque en algunos casos se puede aceptar relaciones parciales. Además, debe acreditar una antigüedad mínima de seis años y un periodo de cotización de 33 años en la fecha del hecho causante, y tener cumplido una edad de 65 años o más. La reducción laboral oscila entre el 25% y 50%.
Las bases de cotización de la persona que releva no podrá ser inferior al 65%, y la duración de los contratos ha de ser igual al tiempo que le falte al empleado para alcanzar la edad de jubilación plena.
¿Cuánto se cobra?
Al tratarse de una jubilación parcial, el Estado se encarga de abonar al pensionista una pequeña parte, que se calcula según la reducción de horas que efectúe la empresa con el trabajador. Por ejemplo, si el empleado trabaja un 75% menos de lo que trabajaba, recibirá una cuantía similar al porcentaje de su reducción de horas laborales.
Además, una persona que se encuentra en activo como empleado, sigue cotizando a la Seguridad Social, aunque con un valor menor o un porcentaje específico marcado por la Administración. Sin embargo, una de las intenciones del Ejecutivo español es conseguir la plena cotización, como si de una jornada completa se tratase.
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