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Bajada del IVA de la luz al 10%: a quiénes afecta y cómo saber si soy un consumidor vulnerable

El Gobierno ha decidido reducir el IVA de la luz del 21% al 10%, aunque esta medida no afectará a todos los hogares españoles por igual.

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El Gobierno aprobó este jueves la bajada del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de la luz, que pasará del 21% al 10%. Como consecuencia de los precios disparados en la factura de la luz, el Ejecutivo ha decidido aprobar una rebaja en los impuestos ya que es la única medida que puede traer efectos inmediatos a los consumidores.

Esta decisión de bajar el IVA se mantendrá para todo 2021, si bien, para que se aplique esta rebaja es necesario tener contratado una cifra inferior o igual a los 10Kw y que el precio medio mensual del mercado mayorista de electricidad esté por encima de los 45 euros de media.

Además, el gobierno también ha aprobado suspender el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica durante el tercer trimestre de 2021. La bajada del IVA se mantendrá hasta final de año, en esa fecha, se volverá a revisar esta medida "si el precio del gas y del CO2 están ya en niveles más normalizados y aceptables" según explicó la ministra de Hacienda.

Condiciones distintas para los hogares vulnerables

Además de todas estas medidas, el ejecutivo ha decidido poner unas condiciones especiales a todos aquellos consumidores que estén en situación de vulnerabilidad severa, que se verán beneficiados en mayor medida de esta bajada del IVA.

Requisitos para ser considerado consumidor en situación severa de vulnerabilidad

(I) Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual.

(II) Que su renta o renta conjunta anual de la unidad familiar sea:

  • Menor a 5.931,45 euros si no hay ningún menor en la unidad familiar
  • Menor a 7.908,60 euros si hay 1 menor en la unidad familiar
  • Menor a 9.855,75 euros si hay 2 menores en la unidad familiar

(III) En caso de ser familia numerosa, la unidad familia debe percibir una renta anual menor a 15.817,20 euros.

(IV) Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad familiar a la que pertenezca debe percibir una renta anual menor a 7.908,60 euros.

En el caso de cumplir con alguno de estos requisitos, se considera que el consumidor está en una situación de vulnerabilidad severa, por lo que la rebaja del IVA se mantendrá hasta final de año independientemente de la potencia contratada y del precio medio que se establezca en el mercado.