ACTUALIDAD

La DGT explica cómo ahorrarte el impuesto de circulación si no vas a utilizar el coche durante un tiempo

EFE

Cuando el vehículo va a permanecer un largo periodo sin moverse, es posible darlo de baja, aunque el trámite está sujeto a algunas condiciones.

Actualmente, pasamos mucho más tiempo en casa debido a las restricciones a la movilidad que hay implantadas en España con motivo de la pandemia. Incluso durante algunos periodos vacacionales permanecemos en nuestro hogar porque resulta imposible desplazarnos. También si nos contagiamos o entramos en contacto con un positivo en COVID-19 debemos guardar cuarentena. O algunos fenómenos meteorológicos pueden impedir la circulación, como ocurrió con el temporal de Filomena. Con situaciones como estas, nuestros vehículos no se mueven, pero seguimos pagando el impuesto de circulación.

Sin embargo, la Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que, si se va a alargar el periodo en el que va a estar parado, podemos dar de baja el vehículo temporalmente y ahorrarnos este impuesto. Se trata de un trámite totalmente legal, sin una fecha límite y que puede revertirse o pasar a baja definitiva en el momento que deseemos. No obstante, cuenta con algunas condiciones, advierten.

El vehículo no podrá moverse o estar aparcado en la vía pública

Una de las obligaciones que deben respetarse es que el vehículo no podrá moverse bajo ningún concepto durante el tiempo que dure la baja. Además, la DGT recuerda que "cualquier vehículo estacionado en la vía pública debe estar con el seguro y la ITV en vigor", por lo que no será posible tenerlo aparcado en la calle. El conductor, por tanto, deberá buscar una propiedad privada donde guardar el vehículo durante ese periodo.

Situaciones especiales: vehículos robados y vehículos agrícolas

Si nos roban el vehículo, no hay que acudir a la DGT para darlo de baja. Tenemos que denunciar ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y ellos se encargarán de comunicar automáticamente la baja temporal por sustracción en el momento que se formaliza la denuncia. Asimismo, cuando lo recuperemos, los agentes se encargan de devolverlo a la situación de alta.

En el caso de que nuestro vehículo sea agrícola, antes de solicitar el trámite en la DGT, hay que acudir al Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de la comunidad autónoma donde esté domiciliado el vehículo para darlo de baja. De esta forma, cuando se solicite la baja a la DGT habrá que presentar el documento acreditativo de que el vehículo está de baja en el ROMA. Esta acreditación se podrá sustituir por la verificación electrónica en la correspondiente región.

Cómo solicitar la baja y cuánto cuesta

Para tramitar la baja temporal de un vehículo hay que pagar 8,59 euros, aunque en caso de sustracción el trámite es gratuito, y puede hacerse mediante dos vías:

- Por internet: con el certificado digital, DNI electrónico o credenciales de cl@ve se podrá acceder al servicio de la aplicación web de la DGT para realizar la solicitud. Después, el organismo autónomo envía un correo electrónico con el justificante de la baja en un plazo aproximado de una semana. "Si necesitáramos alguna aclaración o subsanación de tu solicitud, nos pondremos en contacto contigo en el teléfono o correo electrónico que nos indiques", especifica la DGT.

- De manera presencial: para esta modalidad es necesario pedir cita previa por internet o llamando al 060. Una vez concretada la cita podremos presentar toda la documentación necesaria en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. Entre los documentos que deberemos entregar se encuentra la el formulario de solicitud rellenado, la identificación del interesado y el justificante de pago con los datos de la tasa adquirida previamente. Cabe recordar que, en el caso de los vehículos agrícolas, deberá presentarse también un documento acreditativo de que el vehículo está de baja en el ROMA o la verificación electrónica en la correspondiente comunidad autónoma.