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Pensión de gran invalidez: requisitos, quiénes pueden pedirla y cómo solicitar a la Seguridad Social
Esta ayuda se ofrece cuando un trabajador incapacitado de forma permanente necesita ayuda para realizar las acciones más esenciales de la vida.
Cuando un trabajador se ve obligado a dejar su empleo por problemas de salud, la Seguridad Social le ofrece una pensión por incapacidad permanente, definida como "una prestación que se reconoce al trabajador cuando, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral".
En función de la gravedad se distinguen cuatro grados diferentes de incapacidad permanente: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Esta última podría se considerada como la más grave, ya que la persona requiere de ayuda para llevar con normalidad su vida. "Es la situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos", especifica la Seguridad Social.
Requisitos para recibir la pensión de gran invalidez
La Seguridad Social recoge una serie de requisitos que deben cumplirse para poder recibir la ayuda por gran invalidez:
- Encontrarse afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada de alta. "Cuando la incapacidad se derive de accidente de trabajo o enfermedad profesional, los trabajadores se considerarán de pleno derecho afiliados y en alta, aunque el empresario haya incumplido sus obligaciones".
- No haber cumplido la edad de jubilación ordinaria (67 años o 65 en el caso de poseer 38 años y 6 meses cotizados). Como excepción, si la enfermedad aparece pasada la edad de jubilación ordinaria y se tratara de una enfermedad profesional, sí podría solicitarse la gran invalidez.
- Tener cubierto un período mínimo de cotización que puede variar en función de la edad de la persona y de la causa de la invalidez. Si la causa proviene de un accidente laboral o de una enfermedad profesional no es necesario cumplir este requisito, mientras que si la invalidez deriva de una enfermedad común o un accidente no laboral podrán darse varios casos.
En primer lugar, si se tiene menos de 31 años, se debe de tener cotizado al menos la tercera parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió 16 años y la del hecho causante de la pensión. En cambio, si se tiene más de 31 años, hay que tener cotizada la cuarta parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que haya cumplido los 20 años y el día en que se produce el hecho causante, con un mínimo de 5 años. Además, se requiere que, al menos, la quinta parte del período cotizado esté comprendido dentro de los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
Cómo solicitar la ayuda
Normalmente, el trabajador quiere solicitar la incapacidad permanente mientras está de baja. Durante este periodo, y según la causa que determine la incapacidad, estará siendo tratado por el servicio público de salud o la mutua o el INSS. Así, cualquiera de estas entidades podrán iniciar el expediente de incapacidad permanente si estiman que las lesiones del trabajador son de suficiente gravedad para justificar la concesión esta ayuda.
Si las entidades no inician la solicitud, puede hacerlo el propio trabajador. También será su responsabilidad si no existe una incapacidad temporal previa. Para realizar el trámite, debe rellenar el modelo de solicitud de incapacidad permanente y entregar la documentación necesaria en cualquiera de los centros de atención e información del INSS.
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