ACTUALIDAD

Elecciones en Cataluña: cómo solicitar el voto por correo y hasta cuándo se puede pedir para votar

De cara a las próximas elecciones del 14 de febrero se ha incidido en votar con antelación por la situación epidemiológica de la comunidad.

Sigue en directo la última hora de las Elecciones Catalanas del 14-F: votación, resultados, recuento, escrutinio...

La campaña electoral en Cataluña de cara a los comicios del próximo 14 de febrero ya ha comenzado, y con ello la decisión sobre a quién votar y cómo votar. Debido a la situación en la que se encuentra la comunidad autónoma catalana por la pandemia, hubo mucho debate sobre una posible suspensión, pero el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña optó por mantener la fecha mencionada.

Una vez confirmado el día para la votación y elección del nuevo presidente, los ciudadanos censados en Cataluña tienen dos opciones. Pueden acudir a votar presencialmente o bien hacerlo mediante el voto por correo, por no poder acudir o por estar en otra comunidad autónoma. En cualquier caso, esta segunda es una opción sobre la que se ha hecho hincapié para reducir las posibles aglomeraciones.

Sobre esta posibilidad, se puede llevar a cabo acudiendo, como siempre se ha hecho, a una oficina de Correos con el voto, o mediante un certificado digital válido de manera telemática, sin salir de casa. Los electores que han solicitado su voto por correo ya superan a los que lo hicieron en 2017. La fecha límite para solicitarlo es el próximo de 5 de febrero sobre las 14:00 horas de la tarde.

Cómo solicitar el voto por correo

Aunque se ha creado un portal dedicado especialmente para la votación en las elecciones, os explicamos los tres pasos a seguir. En primer lugar, el elector debe solicitar su voto, ya sea presencialmente o de manera telemática en una oficina de Correos, y este organismo es el que envía la solicitud al Instituto Nacional de Estadística (INE) y a la Oficina del Censo Electoral (OCE).

Después, los electores reciben la documentación necesaria, con un sobre con el certificado de inscripción en el censo, las papeletas de las distintas candidaturas, el sobre de votación, otro con la información sobre tu mesa electoral y la hoja en la que te explican todo el proceso.

Finalmente, el voto se entrega en Correos, en la oficina o al cartero, y ellos lo entregan en la mesa que te corresponda.

Documentación y pasos a tener en cuenta

Si es de manera presencial, es necesario disponer de una serie de documentos, sin fotocopias, todos originales. Para desplazarse a una oficina de Correos se puede pedir cita previa desde la aplicación o en la propia web de Correos, y en casos muy concretos alguien puede pedir el voto por ti. Debes acreditar tu identidad con el Documento Nacional de Identidad (DNI), el pasaporte (con fotografía y firma de la persona titular) o el carnet de conducir (con fotografía y firma de la persona titular).

Por la vía telemática, es imprescindible un certificado electrónico reconocido para entrar en la web de Correos. Te pedirán el DNI electrónico o el certificado válido, entendiendo esto último también como Certificado idCAT (siguiendo estas directrices) u otros certificados válidos como el T-CAT, el FNMT u otros autonómicos equivalentes al idCAT.

Una vez tengas en posesión esta documentación, se puede votar desde el momento en el que recibas la documentación electoral. Otra opción para enviar el voto, aunque requiere desplazarse, es remitirlo por correo certificado desde una oficina de Correos antes del 12 de febrero a las 14:00 horas. En caso de ser aceptada la solicitud, el envío por correo certificado de la Oficina del Censo Electoral a la dirección postal indicada se realizará hasta el 8 de febrero.