CORONAVIRUS

Ayudas para alquiler por COVID: de cuánto son, cómo solicitar y hasta cuándo dura la prórroga

El Consejo de Ministros ha decidido prorrogar los contratos de alquiler para las personas sin recursos por la COVID-19 hasta el final del estado de alarma.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un nuevo periodo para poder prorrogar los contratos de alquiler con motivo de la crisis ocasionada por la pandemia de la COVID-19. Una acción que, de no haber extendido su periodo, hubiera acabado el próximo 31 de enero.

María Jesús Montero, ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, ha explicado el por qué de la extensión de esta medida en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros: "Buscamos proteger a las personas con más dificultades por la crisis y los colectivos más vulnerables. Intentamos seguir teniendo en plena vigencia que nadie se quede atrás y que los que necesitan una mayor capacidad de ayuda la puedan obtener del conjunto de poderes públicos", ha dicho la ministra.

Hasta el fin del estado de alarma

La nueva prórroga durará hasta el próximo 9 de mayo, fecha en la que finalizará el estado de alarma establecido por el Gobierno como medida contra la pandemia del coronavirus. Con esta nueva ampliación, el precio actual del alquiler y las condiciones de los contratos de arrendamiento de la vivienda habitual seguirán vigentes durante un periodo máximo próximos seis meses siempre y cuando el inquilino lo solicite a su arrendador.

Esta medida para garantizar la vivienda a aquellas personas sin recursos se contempló en un primer momento hasta el 30 de septiembre. Luego se prorrogó hasta el 31 de enero y ahora se vuelve a extender automáticamente hasta el final del estado de alarma, dejado para el próximo 9 de mayo de 2021.

Reducción del 50% o aplazamiento del pago

Por lo tanto, las personas interesadas en mantener su actual contrato de alquiler, con los mismos términos y condiciones establecidos en el acuerdo en vigor, podrán solicitar la ayuda hasta el 9 de mayo por un periodo máximo de seis meses. El arrendador estará obligado a mantener el contrato, a no ser que acuerde con el inquilino unos términos diferentes.

Durante este periodo, el propietario de la vivienda ofrecerá al inquilino la posibilidad de la reducción del 50% de la mensualidad del alquiler o bien el aplazamiento del pago. En este último supuesto, el arrendatario deberá devolver el coste del alquiler a su arrendador de forma fraccionada sin ningún tipo de penalización ni intereses.

Cuantía de las ayuda

Tal y como explican desde la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, también hay cuantías de ayuda para el alquiler que variarán en función de la edad y el salario de los inquilinos:

-Con carácter general: hasta el 40% de la renta mensual.

-Mayores de 65 años: hasta el 50% de la renta mensual.

-Ayuda hasta el 30% del alquiler en el tramo comprendido entre 601 y 900 euros en determinados ámbitos a definir por las comunidades autónomas.

Solicitud

Cada comunidad autónoma acreditará estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19 para las ayudas al alquiler de la vivienda. Por ello, el interesado deberá acudir al sitio web del Gobierno de España y seleccionar su comunidad.