POLÍTICA

Inhabilitación de Torra: ¿habrá un presidente sustituto o elecciones?

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena al presidente de la Generalitat de un año y medio de inhabilitación y una multa de 30.000 euros.

El Tribunal Supremo ha ratificado este lunes la condena a un año y medio de inhabilitación al presidente de la Generalitat, Quim Torra, así como la imposición de una multa de 30.000 euros, por desobedecer a la Junta Electoral Central (JEC) y negarse a retirar los lazos amarillos de los edificios públicos de la Generalitat durante el periodo electoral. Una decisión judicial sin precedentes que activa un proceso que podría acabar con una nueva investidura o con un adelanto de las elecciones.

No obstante, el anuncio de la condena por inhabilitación no implica el cese inmediato. Al decidir el Supremo no absolver a Torra, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) es el encargado de ejecutar su inhabilitación, que es automática. De esta forma, el presidente de la Generalitat podrá seguir en el cargo hasta que el TSJC le notifique la condena. Entre el anuncio y la notificación personal pueden pasar días. Además, el abogado del dirigente nacionalista tiene previsto recurrir al recurrir al Tribunal Constitucional, lo que demoraría los plazos.

Pere Aragonès, presidente en funciones

En caso de que el Supremo confirme la condena, y tras la publicación del cese en el BOE y el diario oficial de la Generalitat, el Govern pasará a estar en funciones, según consta en la consta en la Ley de Presidencia de la Generalitat. En una reunión extraordinaria del consejo ejecutivo, Pere Aragonès pasará a ser presidente interino. Se trata de un cargo provisional de tránsito hasta las elecciones, por lo que verá limitada su posibilidad de acción. Esto significa que no podrá nombrar ni cesar consejeros, así como tampoco tendrá autoridad para disolver la Cámara y convocar elecciones. Igualmente, el nuevo Govern provisional no podrá aprobar proyectos de ley o unos presupuestos, aunque sí decretos ley.

Elecciones

Tras hacerse efectiva la inhabilitación, se abre un periodo de diez días en el que el presidente del Parlament, Roger Torrent, debe proponer un candidato y convocar un pleno de investidura. El Parlament tendrá dos meses para investir a un nuevo presidente. En caso de bloqueo político, Torrent podrá convocar un pleno extraordinario en la Cámara catalana para celebrar un acto equivalente a una investidura fallida para activar el reloj electoral, como ya pasó cuando Puigdemont no pudo ser investido en mayo de 2018. Superados estos dos meses, a los 54 días se convocarían las elecciones, de forma que se celebrarían a finales de enero o principios de febrero, en función de cómo evoluciones la pandemia de COVID-19.