CORONAVIRUS
Difundir vídeos de gente sin mascarilla puede castigarse con hasta cinco años de cárcel
El infractor se enfrentaría a un delito de descubrimiento y revelación de secretos y el Código Penal también contempla el pago de una multa.
Desde que comenzó la pandemia, muchas personas han compartido a través de las redes sociales imágenes o vídeos de gente incumpliendo las normas: saltándose el confinamiento, no llevando mascarilla o saliendo a la calle sin motivo justificado. Pero todo ello acarrea una serie de consecuencias para la persona que lo publique.
Difundir imágenes en las redes sociales sin consentimiento puede castigarse con penas de dos a cinco años de cárcel, tal y como aseguran desde Legálitas. La persona infractora se enfrentaría a un delito de descubrimiento y revelación de secretos y el Código Penal contempla el pago de una multa de hasta 400 euros al día durante un año o dos.
Lo que sí estaría permitido es grabar imágenes amparadas en un interés legítimo para colaborar y denunciar algún hecho ante las autoridades. Aunque bajo una premisa fundamental: que no hayan sido captadas con el único interés de publicarse en las redes sociales.
Solicitar permiso
Si se muestran imágenes de una persona particular, podría no considerarse derecho de la información. Si se vulneran los derechos de la misma, ésta podría solicitar el cese de la difusión, así como la correspondiente indemnización por daños y perjuicios. Y si los contenidos estuvieran sujetos a propiedad intelectual, necesitarían el consentimiento del titular de los derechos.
Actuación si se difunden
Lo primero es solicitar al autor del vídeo que retire las imágenes. En caso de no hacerlo, la Agencia Española de Protección de Datos se encargará de que se cumpla el derecho de supresión del mismo, que está establecido en el Reglamento General de Protección de Datos.
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