Coronavirus

Nueva normalidad en Galicia: condiciones y restricciones vigentes a partir del 15 de junio

La Xunta establece las normas que se aplicarán en comercios, tiendas, en bares y restaurantes. Vuelven los eventos deportivos con público.

Nueva normalidad en Galicia: condiciones y restricciones vigentes a partir del 15 de junio

Galicia será la primera comunidad autónoma que inicie la nueva normalidad. Este lunes dejará atrás la fase 3 de la desescalada y también se levantará el estado de alarma en la región, vigente desde el 14 de marzo por la pandemia del coronavirus. Sin embargo, el paso a la nueva normalidad no significa que se levante todas las restricciones impuestas hasta ahora.

El Ministerio de Sanidad publicó este miércoles el Decreto Ley que regulará la vida en la nueva normalidad, con medidas como la obligatoriedad de utilizar mascarilla cuando no sea posible guardar la distancia de seguridad de 1,5 metros o el mantenimiento de las medidas de higiene y prevención en establecimientos de hostelería, hoteles, comercios, hospitales, etc. Pero para complementar estas medidas, la Xunta de Galicia ha publicado en el Diario Oficial de Galicia las medidas que regirán la nueva normalidad en su territorio.

Además del uso de mascarillas cuando no se pueda garantizar la distancia social de 1,5 metros y las medidas de higiene y prevención y de un plan de contingencia de los centros sanitarios para actuar ante posibles rebrotes, la Consejería de Sanidad del Gobierno regional establece las condiciones de aforo, restricciones y medidas que se tendrán que tomar en las diferentes actividades.

Establecimientos de hostelería y restauración

Los bares y restaurantes no podrán superar el 75% de su aforo en el interior del local, mientras que en las terrazas la capacidad se limitará al 80%. No podrán juntarse más de 25 personas en una mesa o agrupación de mesas. Se seguirá priorizando la utilización de mantelería de un solo uso y se evitarán utilizar objetos como saleros o palilleros. Las discotecas y locales de ocio nocturno podrán abrir si disponen de terrazas al aire libre y exclusivamente para consumo sentado en mesa. La Xunta deja la completa reapertura de las discotecas para el 1 de julio.

Los bares podrán operar al 75% en el interior del local. EFE/Marta Pérez

Instalaciones deportivas y piscinas. Eventos con público

La práctica deportiva al aire libre no federada se podrá realizar, sin contacto físico, en un grupo formado por máximo 25 personas de forma simultánea, aunque esta norma no se aplicará en las competiciones donde las reglas federativas garanticen espacios diferenciados para cada equipo. Las competiciones que se celebren en instalaciones deportivas se podrán realizar con público, siempre que permanezca sentado y no supere el 75% de su aforo, con un límite de 300 personas en lugares cerrados y de 1.000 al aire libre. Las piscinas tanto de uso competitivo como recreativo limitarán su aforo al 75%.

Comercios, tiendas y centros comerciales

Las tiendas tendrán limitado su aforo al 75%, mientras que en los centros comerciales las zonas comunes tendrán una capacidad del 50%. Las tiendas del interior de un centro comerciales también estarán al 75%. El tiempo de permanencia en tiendas, comercios y locales será el estrictamente necesario para realizar las compras oportunas. Los trabajadores deberán llevar mascarilla. Los mercadillos al aire libre podrán operar al 75% de los puestos y la capacidad será aquella que permita guardar la distancia interpersonal de 1,5 metros. El aforo del 75% no será aplicable en establecimientos de alimentación, farmacias, servicios médicos, higiénicos, prensa y papelería, combustible para la automoción, tintorerías, lavanderías, o comercio telefónico, de telecomunicaciones o de correspondencia, aunque sí tendrán que guardar las medidas de higiene y prevención.

Velatorios, entierros, lugares de culto y bodas

Los velatorios tendrán un límite máximo de 70 personas en espacios al aire libre y de 30 en espacios cerrados. En los entierros podrá haber un máximo de 75 personas. En lugares de culto, se limita el aforo al 75%, siendo obligatorio el uso de mascarilla a la entrada y salida del recinto y en zonas comunes. No se podrá utilizar agua bendita y se evitará el contacto personal. Respecto a las bodas, comuniones y bautizos, se deberá respetar un máximo del 75%, estableciendo un límite máximo de 250 personas al aire libre y de 150 en espacios cerrados.

Las zonas comunes de los hoteles se limitan al 75%. EFE/Alonso Cupul

Centros de trabajo

Las empresas deberán prevenir el contagio utilizando equipos y herramientas personales e intransferibles. Se evitará el uso del ascensor, mientras que en los aseos y vestuarios la ocupación máxima será de una persona cuando el habitáculo sea menor de cuatro metros cuadrados y del 50% cuando la sala sea mayor de esos cuatro metros cuadrados.

Hoteles y alojamientos turísticos

Las actividades de animación y de grupo que organicen los hoteles deberán limitarse a 25 personas. Las zonas comunes tendrán una capacidad limitada al 75%. En los albergues, por sus especiales características, se limita el aforo al 50%.

Cines, teatros y espectáculos culturales

Cines, teatros y espectáculos culturales tendrán limitada su capacidad al 75%, aunque no se podrán superar las 300 personas en lugares cerrados y de 1.000 al aire libre. Se recomienda la venta online de las entradas para evitar aglomeraciones en taquilla.

Playas

La zona recreativa de las playas se dispondrá de tal forma que las toallas, sombrillas y tumbonas guarden la distancia de seguridad de 1,5 metros. La Xunta deja a los ayuntamientos la potestad de limitar el aforo en sus playas y el tiempo de permanencia en las mismas.

En las playas habrá que guardar la distancia de 1,5 metros en la zona recreativa. EFE/Marta Pérez

Parques infantiles y actividades infantiles y juveniles

Podrán realizarse campamentos para niños y niñas limitando el número de participantes al 75% al aire libre, con un máximo de 250 personas. En espacios cerrados, el aforo será del 50%, con un máximo de 150 participantes. Los parques de atracciones, zoológicos o acuarios podrán abrir con un aforo de dos tercios, mientras que en las atracciones podrán operar a la mitad. En cuanto a las zonas y parques infantiles de la vía pública podrán reabrir, siempre que se respete un aforo de una persona por cada cuatro metros cuadrados.

Transporte y movilidad

El transporte operará al 100% de su capacidad, siendo obligatorio el uso de mascarillas en el transporte público y también en el privado cuando los ocupantes no residan en el mismo domicilio. En cuanto a la movilidad, el documento no hace ninguna referencia, pero desde este lunes estará permitido el desplazamiento entre las cuatro provincias gallegas. Para ir a otras comunidades autónomas habrá que esperar a que entren en la nueva normalidad, previsto para el 21 de junio.

Residencias de mayores, centros infantiles y centros de atención social

La autoridad sanitaria podrá intervenir en cualquier momento los centros residenciales para controlar la atención sanitaria. Los centros de atención sociales, comedores sociales o centros de actividades de inclusión podrán abrir al 75% de su capacidad. Sin embargo, las escuelas infantiles de 0 a 3 años, casas nido o espacios infantiles y ludotecas permanecerán cerradas hasta nuevo aviso.