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Bono Turístico 600€ en Madrid: cuándo se abre el plazo para pedirlo, qué gastos entran y cómo solicitarlo

La Comunidad ha puesto en marcha este bono turístico con el fin de apoyar al sector turístico y paliar los efectos que la pandemia ha provocado en él.

Chema Moya

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid ha abierto este martes el plazo para la solicitud de los bonos turísticos de hasta 600 euros. El objetivo de este bono es reactivar el sector turístico, apoya a las empresas y contribuir a difundir la cultura madrileña. La inversión realizada ha sido importante, con 5 millones de euros presupuestados. Podrán beneficiarse de este bono los turistas que hayan reservado o contratado productos tuísticos y culturales con agencias y alojamientos madrileños, tal y como ha comunicado la Comunidad de Madrid.

Para poder optar a él, los solicitantes deben tener la nacionalidad española o bien residir de manera legal en España. Para facilitar y agilizar el proceso, la Comunidad ha creado una página web (www.bonosturisticoscomunidaddemadrid.es) en colaboración con la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid.

Esta iniciativa ha tenido una gran acogida en el sector turístico de la región y supone un ahorro de la mitad del precio en el consumo de productos y servicios turísticos y culturales hasta un máximo de 600 euros, IVA incluido. Eso sí, no todos estos servicios y productos tendrán descuento. Solo lo tendrán aquellos que hayan sido contratados directamente con una agencia de viaje o un alojamiento turístico adherido al programa y que incluya una estancia mínima de una noche en la Comunidad. Los gastos no incluidos en la reserva inicial no se beneficiarán del bono ni otros gastos como el consumo de bebidas alcohólicas, de bar y minibar de hoteles o la televisión de pago.

¿Cómo acceder al bono y cómo se recibe el descuento?

Para acceder al bono, hay que consultar los alojamientos y agencias adheridos al programa en la web habilitada para ello y realizar la reserva con esas empresas, con 10 días naturales de antelación a la fecha en que serán consumidos los servicios. Además, el plazo máximo para disfrutar de ellos es de 40 días posteriores a la reserva. Una vez realizada la reserva, se puede proceder a la inscripción al programa en la web.

Como el bono solo soporta la mitad del gasto, las empresas deberán introducir en la web estos recibos de pago durante los siguientes diez días naturales desde que se hayan consumido los productos y servicios. Se deberá incluir el número de bono, el nombre de usuario beneficiario, el emisor, los servicios prestados, el descuento aplicado del 50% (IVA incluido) y la fecha.

Una vez se haya adjuntado y la Entidad colaboradora haya comprobado la documentación, en un plazo de 30 días naturales se procederá al pago mediante ingreso en la cuenta indicada. Para ello es condición indispensable seguir cumpliendo el límite "de minimis" (por ley, la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no debe superar los 200.000 euros durante tres ejercicios fiscales). Estos gastos bonificados deberán quedar reflejados en los registros contables durante los próximos cuatro años.