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El Gobierno unificará todas las prestaciones por desempleo: ¿cuánto se cobrará de paro?

EFE

El cambio, incluido en el plan de recuperación enviado a Bruselas, entrará en vigor a partir de 2022 y tendrá una cuantía del 80% del Iprem.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social pretende simplificar y mejorar el nivel asistencial de protección por desempleo y crear una prestación que integrará a todas las existentes. Esta nueva ayuda entrará en vigor a partir de 2022 y tendrá una cuantía del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), que en este 2021 es de 451,90 euros mensuales. Así lo establece la reforma 10 del componente 23 del Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia.

El documento señala que la reforma tiene el objetivo de sustituir el nivel asistencial de protección por desempleo, regulado en la Ley General de Seguridad Social y en los programas de Renta Activa de Inserción (RAI) y subsidio extraordinario por desempleo (SED), integrando estas ayudas en una nueva prestación, complementaria de la protección contributiva, que proteja la situación de transición al empleo. Estará vinculada a cotizaciones previas y financiada con cargo al presupuesto de las prestaciones por desempleo. Asimismo, su gestión estará atribuida al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y al Instituto Social de la Marina (ISM).

El texto recoge que la idea es integrar en el subsidio ordinario por agotamiento las modalidades extraordinarias que se han ido creando en diferentes momentos. Esta integración se hará de forma coordinada con el desarrollo del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que incluye el aumento de sus beneficiarios y el desarrollo de los itinerarios de inclusión.

Requisitos y duración

Para acceder a este subsidio, se exigirá la acreditación de carencia de rentas individuales y, en algunos casos, responsabilidades familiares, además del compromiso y cumplimiento de un itinerario personalizado de empleo ante el servicio público de empleo competente que permita que la prestación sirva de transición hacia la protección social cuando la persona beneficiaria no se reincorpore al mercado laboral y se encuentre en situación de vulnerabilidad.

La duración de este dependerá de la edad, circunstancias familiares y la duración de la prestación agotada, con el objetivo de ampliar el periodo máximo actual del subsidio ordinario, incorporando las prórrogas de los subsidios extraordinarios aún vigentes.

Según se señala en el Plan, la finalidad que persigue esta medida es la de aumentar la protección por desempleo, mejorando la cobertura al ampliar la duración de los subsidios y eliminar lagunas de desprotección de los programas actuales, pero también simplificar el funcionamiento del sistema, reduciendo el número de figuras para dar más claridad, seguridad jurídica y facilitar la gestión.

Beneficiarios

El colectivo objeto de esta reforma es el de personas que agotan la prestación contributiva y continúan en situación de desempleo y personas que acreditan más de seis y menos de doce meses cotizados, de forma que no pueden acceder a la prestación contributiva. No obstante, el Ministerio de Trabajo deja claro en el texto del Plan que la definición de los cambios normativos va a ser abordada en la mesa del diálogo social con los agentes sociales.