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Paga extra de Navidad: cuándo se paga, cómo se calcula y cuánto se cobra en diciembre

Llega el último mes del año y con él la paga extra de Navidad, especialmente necesaria en este año debido a los problemas derivados de la pandemia.

El mes de noviembre toca a su fin y con ello nos adentramos en el último mes de este año 2020, marcado por una pandemia que nos acompaña desde finales del pasado 2019 con los primeros casos detectados en China. Con motivo de las festividades de Navidad, llega también algo que en este año en concreto, con numerosos ingresos reducidos por el coronavirus, es especialmente aliviador para los bolsillos: la paga extra de Navidad.

Recogida en el Estatuto de los Trabajadores, el artículo 31 establece que "el trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores. Igualmente se fijará por convenio colectivo la cuantía de tales gratificaciones".

Así, entre los días 20 y 25 de diciembre, los trabajadores por cuenta ajena suelen percibir la llamada paga extra de Navidad. Se trata de una cantidad que puede variar según el caso por los criterios de las diferentes empresas.

Varias formas de percibir las pagas extras

Para calcular esta cuantía hay que tener en cuenta las condiciones laborales de cada uno, pues según la empresa esta paga puede estar prorrateada, por lo que se reparte durante las mensualidades anuales: en lugar de 14 pagas tienen 12, con su sueldo base más el correspondiente de la extra por mes.

Otra de las opciones es la de establecer esta paga de forma anual (el derecho a generar la pega comienza a finales de diciembre de un año y acaba en el mismo mes del siguiente ejercicio). Por último, existe la posibilidad de otorgar esta gratificación una vez por semestre. La primera de ellas se daría a finales de junio (correspondiente a lo trabajado desde finales del mes de diciembre hasta el sexto mes del curso) y la otra en Navidad, correspondiente a la otra mitad del ejercicio.

¿Qué cuantía me corresponde?

Esta es una cuestión que obtiene respuesta en el convenio colectivo. Lo habitual es percibir la misma cantidad estipulada en el salario base. Además, estas pagas en ningún caso pueden ser inferiores a los 30 días de salario base o al salario mínimo interprofesional (950€). También existe la opción de que el devengo sea el salario base y añadir algún plus del convenio.

En el caso de que una persona lleve en la empresa menos de seis meses, ésta no cobrará la paga de Navidad íntegra, sino la parte proporcional al tiempo trabajado. Para calcular la cantidad a percibir se realiza la siguiente fórmula.

(Salario base / periodo trabajado de la paga extra) x meses trabajados.

En el caso de los trabajadores que reciben la paga prorrateada no percibirían una paga extra en diciembre, puesto que la ingresan de forma mensual en forma de mayor cantidad sobre el salario base. Se calcula de la siguiente forma.

Salario base + (salario base / 12).

Finalmente, el caso de las empresas que entregan esta paga extra de forma independiente al sueldo mensual. Mientras que la extra llega entre los días 20 y 25 de diciembre, el sueldo llega a final de mes como cualquier otro del resto del año.