CORONAVIRUS

Nuevas medidas en Andalucía: ¿cuáles son actividades esenciales y cuáles no?

Joaquin Corchero

El presidente de Andalucía, Juanma Moreno, anunció para la comunidad nuevas medidas, que incluyen el cierre de toda actividad no esencial a las 18:00 horas.

La comunidad autónoma de Andalucía se une a otras en el reto de combatir contra el coronavirus con medidas duras y restrictivas. A partir de las 0:00 horas del próximo día 10 de noviembre, y hasta las 0:00 horas del día 24 del mismo mes, se aplicarán las nuevas normas aprobadas y anunciadas por su presidente Juanma Moreno contra la COVID-19. Una de ellas, de las más destacadas, supone el cierre de toda actividad no esencial a las 18:00 horas salvo en Granada, que es durante todo el día.

Como se expone en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publicado el pasado domingo 8 de noviembre, el grado 1 en los niveles de alerta 3 y 4 está asociado al establecimiento de una limitación horaria, y se ha optado por aplicar el cierre de las actividades no esenciales desde la hora mencionada.

Las actividades que se libran de esta limitación son la actividad industrial, los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, centros, servicios y establecimientos sanitarios, servicios profesionales y empleados del hogar, servicios sociales y sociosanitarios, centros y clínicas veterinarias, establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustible, estaciones de inspección técnica de vehículos, servicios de entrega a domicilio, comedores sociales o lugares de reparto de alimentos de carácter solidario, velatorios, centros deportivos al aire libre y sin deporte de contacto, puntos de encuentro familiar y Centros de Atención Infantil Temprana y Centros de tratamiento ambulatorio.

Otras actividades suspendidas en Andalucía

Por otra parte, en el BOJA también se especifica que el grado 2 del nivel 4 conlleva medidas de cierre o suspensión de actividades. Y en este caso, se suspende la apertura al público de los grandes establecimientos comerciales menos establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, centros, servicios y establecimientos sanitarios, servicios sociales y sociosanitarios, parafarmacia, centros o clínicas veterinarias, mercados de abastos, productos higiénicos, servicios profesionales y financieros, prensa, librería y papelería o floristería.

También se incluyen en la lista combustible, talleres mecánicos, servicios de reparación y material de construcción, ferreterías, estaciones de inspección técnica de vehículos, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, servicios de entrega a domicilio, tintorerías, lavanderías, peluquerías, así como estas mismas actividades de mercado desarrolladas en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente llamados mercadillos.

Igualmente, en base al mismo criterio, se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre, salvo para la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional o profesional. Tampoco se pueden realizar competiciones ni eventos no federados.

El resto de medidas aplicadas en Andalucía

Además de la limitación de las actividades, se ha decretado el cierre perimetral de todos los municipios andaluces, de manera que solo se puede salir o entrar por causa justificada. El toque de queda amplía la limitación de movilidad aplicando una restricción horaria de 22:00 horas a 7:00 horas.

Las clases en la Universidad serán telemáticas en su totalidad salvo las prácticas. Y todo esto se suma al cierre de toda actividad no esencial ya mencionado salvo en Granada, provincia más afectada por los contagios, que tendrá que asumir el cierre de estas actividades durante todo el día, sin franja horaria.