Coronavirus
Nuevo estado de alarma: qué se puede hacer, qué no, medidas, restricciones y toque de queda
Pedro Sánchez ha comparecido en una rueda de prensa para informar de la declaración del estado de alarma tras el Consejo de Ministros.
Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, ha convocado esta mañana un Consejo de Ministros extraordinario a las 10:00 horas en el que cuál ha informado de la declaración del estado de alarma en todo el país salvo en Canarias. Tras más de dos horas de reunión, el presidente del gobierno ha comparecido en una rueda de prensa para anunciar el estado de alarma en España para los próximos 15 días, aunque la intención es prolongarlo hasta el 9 de mayo 2021, es decir, durante los próximos seis meses. Todas las normas han sido publicadas en el BOE.
En la misma comparecencia, Sánchez ha informado de las nuevas medidas que se establecen en este nuevo estado de alarma, el cuarto en toda la historia de España. Entre ellas existen unas medidas mínimas que tendrán que cumplir todas las comunidades, aunque luego cada autonomía tendrá de opción de añadir otras limitaciones extras que consideren necesarias para frenar el avance de la pandemia en la región.
Entre las restricciones a cumplir por todo el territorio, ha detallado la más esperada desde hace días: se confirma el toque de queda. Un 'confinamiento nocturno' que estará vigente desde las 23.00h hasta las 06.00h de la mañana para limitar la movilidad, salvo casos justificados. Una medida ya había sido solicitada por diez comunidades autónomas (Cataluña, País Vasco, Cantabria, Asturias, Extremadura, Castilla-La Mancha, Navarra, Comunidad Valenciana, La Rioja y Baleares) y la ciudad autónoma de Melilla. Ninguna de la comunidades gobernadas por el Partido Popular se han unido a esta solicitud. La hora de inicio y fin puede ser adelantada o atrasada una hora por las comunidades.
El Gobierno descarta un confinamiento total y la paralización de la economía como el del pasado marzo. También han anunciado la restricción de movilidad entre provincias, salvo casos justificados, y la limitación de las reuniones sociales. Dos medidas que serán competencia de las comunidades autónomas.
Seguridad jurídica para las restricciones
El estado de alarma servirá también para dotar a las comunidades autónomas de seguridad jurídica para poder implementar las medidas y restricciones que consideren oportunas y necesarias en cada uno de sus territorios. En los últimos meses y semanas, ha habido tribunas superiores de Justicias autonómicos que han tumbado las medidas impuestas porque argumentaban que era necesario el estado de alarma para restringir la movilidad de los ciudadanos. Con el estado de alarma levantado no habrá problema legal en este sentido.
Precisamente esas medidas el Gobierno pretende que sean uniformes en todo el territorio. Para eso, el Consejo Interterritorial de Salud acordó esta semana que se determinarán medidas según el riesgo y nivel de alerta que presente cada comunidad autónoma. Para ello, se ha ideado una especie de 'semáforo COVID' que indicará el nivel de riesgo de cada región. Habrá cuatro: bajo, medio, alto y extremo. Según el nivel alcanzado, habrá que imponer unas medidas u otras que aún se tienen que consensuar.
Competencia de las comunidades autónomas
A diferencia del estado de alarma de la primera ola de contagios el pasado marzo, en este estado de alarma serán las comunidades autónomas las que tendrán las competencias en materia sanitaria y no el Ministerio de Sanidad como ocurrió hasta que comenzó la desescalada, donde los presidentes regionales recuperaron las competencias sanitarias.
Así, se cumple el principio político que se acordó el paso junio, por el cual, las comunidades autónomas podrán tomar sus propias decisiones para frenar el aumento de los casos de coronavirus en la segunda ola de la pandemia y gestionar las restricciones según la situación lo pida en cada región de España. Eso sí, el Gobierno ha impuesto una serie de medida mínimas que deberán acatarse en todo el país -por ejemplo, el toque de queda-.
Duración de 15 días; después, prórroga en el Congreso
El estado de alarma se extiende durante 15 días naturales, el máximo de tiempo que marca el artículo 116 de la Constitución. Un estado de alarma que vuelve tan sólo siete meses después, pero que será mucho más suave que el de la pasada primavera. El Gobierno ha informado que su intención es seguir prolongando el estado de alarma hasta el próximo mes de abril, es decir, durante seis meses. Para ello, Sánchez tendrá que pedirlo ante el Congreso de los Diputados, quien decidirá a través de una votación si apoya la prórroga, tal y como sucedió en las sucesivas prolongaciones del estado de alarma desde el mes de marzo al mes de junio.
El Gobierno apuesta por un decreto de estado de alarma a largo plazo, los próximos seis meses, para evitar el infierno político que se vivió esta primavera con la primera ola de la pandemia. Así, el Ejecutivo evitará las prórrogas cada dos semanas con sus agónicas votaciones en el Congreso de los Diputados. Eso sí, el Gobierno espera tener el apoyo suficiente para aprobar esta prórroga hasta finales de abril.
Se entiende que el Gobierno no tendría problemas de alargar la alarma puesto que Ciudadanos ya le ha ofrecido sus votos, mientras los partidos nacionalistas del País Vasco y de Cataluña y los votos de la mayoría de los partidos minoritarios. Sólo falta por conocer la postura del Partido Popular, partido del que el Gobierno busca su apoyo.
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