CORONAVIRUS

Toque de queda: ¿qué es, cuál es su significado y cómo se podría aplicar en España?

Algunas comunidades españolas estudian implantar el toque de queda para tratar de controlar la rápida propagación de la COVID-19 en el país.

Toque de queda: ¿qué es, cuál es su significado y cómo se podría aplicar en España?
THIERRY ROGE / ZUMA PRESS / CONTACTOPHOTO Europa Press

El toque de queda consiste en limitar la libertad de movimiento de la ciudadanía durante una franja horaria, generalmente la de la noche, o en días concretos. Por ejemplo, en Francia, primer país en implantar esta medida para combatir la COVID-19, los parisinos no pueden salir de sus casas entre las 21:00 horas y las 6:00, salvo para desarrollar actividades esenciales. Durante el día, la actividad cotidiana se mantiene.

Bélgica también ha apostado por esta medida que, aunque restringe la movilidad de los ciudadanos, no es tan estricta como el confinamiento domiciliario de marzo y abril, cuando no se podía salir de casa en ningún momento del día salvo para los casos estipulados.

Estado de alarma, una vía para decretar el toque de queda

La Comunidad de Madrid está estudiando pedir al Gobierno central que decrete el toque de queda. Una iniciativa puesta sobre la mesa los colegios profesionales en una reunión este lunes con el propio consejero y la presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso. Así lo ha explicado esta mañana el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, en un desayuno socio-sanitario, organizado por Europa Press. “Hay que tener una cobertura legal que no tiene la Comunidad Autónoma. Tendría que ser una decisión del Gobierno de España. Es una decisión que nosotros tampoco veríamos mal”, ha declarado Escudero.

Cataluña tampoco descarta esta medida, según anunció este lunes Pere Aragonès, vicepresidente de la comunidad y actual presidente en funciones. Si bien a día de hoy “no está encima de la mesa”, avisó de que no descartaba aplicar “ninguna medida intensiva en el futuro” como el “toque de queda”. 

En España, el toque de queda no está específicamente regulado, aunque la Constitución, en su artículo 116, recoge mecanismos que facilitan al Gobierno español asumir competencias, de manera limitada y temporal, que competen a otras autoridades: el estado de alarma, el de excepción y el de sitio. El primero de ellos, que vivimos en marzo y abril, es el más suave de todos, pero sí permitiría que al Ejecutivo de Pedro Sánchez decretar un toque de queda.

De esta forma, durante un estado de alarma, el Gobierno podría establecer en el decreto, que deberá ser refrendado por el Congreso en un plazo de 15 días, las medidas restrictivas de movimiento que considere oportunas para hacer frente a la propagación del coronavirus. Entre ellas, podría estar la prohibición de movimientos o circulación durante las horas que se establezca.