Coronavirus

Sanidad "obliga" a Madrid a confinar la capital y otros nueve municipios

JuanJo Martín

El Ministerio ya ha notificado la orden a las comunidades, que tendrán 48 horas para aplicar las restricciones acordadas en el Consejo Interterritorial.

El Ministerio de Sanidad ha publicado en el Boletín Oficial de Estado el acuerdo al que llegó ayer el Consejo Interterritorial de Salud, en el que se aprobó que las comunidades autónomas tomarán una serie de medidas en aquellas ciudades y municipios de más de 100.000 habitantes que tengan una incidencia acumulada superior a 500 en las últimas dos semanas, una positividad de PCR mayor del 10% y una ocupación superior al 35% de camas UCI.

Sanidad especifica que, "de acuerdo con el orden constitucional de distribución de competencias, este acuerdo será de obligado cumplimiento para todas las comunidades y ciudades autónomas integrantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con independencia del sentido de su voto". La mención al sentido del voto se hace porque, según la publicación, Cataluña, Galicia, Andalucía, Comunidad de Madrid y Ceuta votaron de forma negativa al acuerdo y Murcia optó por la abstención.

Sanidad ya ha notificado la orden a las comunidades autónomas

La resolución añade que las comunidades autónomas que tengan municipios que superen los tres criterios establecidos contarán con "un plazo máximo de 48 horas" para dar cumplimiento a las medidas. El Ministerio de Sanidad ha aclarado que aunque lo publicado en el BOE sea la resolución del Consejo Interterritorial y no una orden ministerial, este miércoles por la noche Sanidad ya notificó la Orden a las comunidades autónomas, que son las competentes para su ejecución, y por tanto, no es necesaria que se publique la Orden como tal en el BOE. La orden debería entrar en vigor en la medianoche del viernes al sábado.

Madrid estudia recurrir

Por tanto, el plazo máximo de 48 horas que tienen las comunidades autónomas ya estaría activo, toda vez que fue este miércoles por la noche fue cuando las comunidades autónomas recibieron la notificación. Eso sí, contra esta resolución las comunidades autónomas pueden interponer recurso en el plazo de un mes. De hecho, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha asegurado en Esradio que estudia con el Abogado General de la Comunidad de Madrid tomar medidas legales contra la resolución del Consejo Interterritorial: "Este Consejo no puede imponer nada", ha manifestado.

"Legalmente lo estamos estudiando y viendo de qué manera hacemos las cosas correctamente porque no hay criterios para hacer esas restricciones de movilidad con unos criterios a vuelapluma", ha agregado.

¿Qué ciudades de Madrid serán confinadas?

Siguiendo las directrices de Sanidad, la Comunidad de Madrid estará "obligada" a tomar las medidas que se acordaron este miércoles en la capital y en otros nueve municipios en un "plazo máximo de 48 horas". La región tiene 10 ciudades que en este momento superan los tres criterios antiCOVID. Son: Madrid, Alcalá de Henares, Torrejón de Ardoz, Alcobendas, Getafe, Leganés, Fuenlabrada, Móstoles, Alcorcón y Parla.

En este sentido, según la resolución de Sanidad, el Gobierno autonómico de Madrid deberá restringir las entradas y salidas de estas ciudades salvo por las excepciones habituales y además deberá decretar medidas en los establecimientos comerciales, de hostelería y restauración, en sus aforos, así como en las reuniones sociales.

Madrid ya dijo ayer que no va a acatar el acuerdo adoptado en el Consejo Interterritorial de Salud. Según el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, esta resolución no tiene "validez jurídica". Está por ver por tanto si el Gobierno regional anuncia este viernes nuevas restricciones en la Comunidad, toda vez que este domingo las 37 zonas de salud que primero fueron confinadas cumplen los 14 días que se establecieron.

¿Qué medidas entrarán en vigor?

En el texto elaborado por el Ministerio de Sanidad se recogen una serie de restricciones a la movilidad, aforo y horarios en diferentes ámbitos.

Medidas para los municipios de más de 100.000 habitantes que superen los indicadores

  • Se restringe la entrada y salida de personas de los municipios, salvo en casos justificados por asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales, la asistencia a centros docentes, el regreso a la residencia habitual, la asistencia de mayores, menor o personas con discapacidad o vulnerables. Desplazamientos a entidad financieras que no puedan aplazarse, actuaciones requeridas ante los órganos públicos, judiciales o notariales. Renovaciones de permisos y documentación oficial o cualquier otro caso de fuerza mayor.
  • La circulación por carreteras que atraviesen los municipios será posible, siempre que tengan origen y destino fuera de ellos. Asimismo, las personas residentes podrán circular dentro de los municipios, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva.
  • El aforo máximo en los lugares de culto será de un tercio, garantizando siempre la distancia mínima de 1,5 metros.
  • Los velatorios estarán limitados a un máximo de 15 personas al aire libre y 10 en espacio cerrados. El límite de personas en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación será de 15 personas.
  • Establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público: aforo del 50%, cierre máximo a las 22:00.
  • Establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas: el aforo se limita al 50% en el interior y el 50% en el exterior. No estará permitido el consumo en barra y las mesas, de seis personas como máximo, deberán estar separadas por al menos 1,5 metros. Am partir de las 22:00 no se podrán aceptar nuevos clientes y a las 23:00 deberán cerrar.
  • Academias y autoescuelas limitarán su aforo al 50%.
  • En las instalaciones deportivas se limita el aforo al 50% en el interior de las mismas y al 60% en el exterior. La práctica deportiva se reducirá a seis personas como máximo.