CORONAVIRUS

ERTE: qué es la Declaración Responsable para empresas y cómo presentarla en la Seguridad Social

Este pasado viernes, 5 de junio, se habilitó esta opción, que debe efectuarse, por parte de las empresas, de forma telemática a través del Sistema RED.

Desde este pasado viernes, conocemos que a partir del 15 de junio estarán disponibles las declaraciones responsables con TIPO SAA 434 para aquellas empresas que quieran beneficiarse de las exoneraciones derivadas de la solicitud de un ERTE por fuerza mayor debido al decreto de estado de alarma.

Según establece el Boletín de Noticias RED 11/2020, de 14 de mayo, y el Real Decreto-Ley 18/2020, de 12 de mayo, de la Seguridad Social, las empresas deben comunicar a la Tesorería General los CCC que continúan por fuerza mayor, ya sea total o parcial, en los meses de mayo y junio, para que se apliquen las exenciones estipuladas. El texto dice:

El apartado 3 del artículo 4 del Real Decreto-ley 18/2020 establece que para que las exenciones resulten de aplicación la empresa debe comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social que se encuentra:

1. En situación de fuerza mayor total derivada del COVID-19 por estar afectada por las causas referidas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020 que impidan el reinicio de su actividad.

2. En situación de fuerza mayor parcial derivada del COVID-19 desde el momento en el que las causas reflejadas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020 permitan la recuperación parcial de su actividad.

¿Dónde se podrá presentar?

La comunicación, según el documento, se realizará mediante una Declaración Responsable en la que concurren las siguientes circunstancias:

a) Debe presentarse a través del Sistema RED.

b) Debe presentarse respecto de cada código de cuenta de cotización en el que figuren de alta, a 13-05-2020, personas trabajadoras con suspensión de su contrato de trabajo o con reducción de jornada conforme a lo establecido en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, es decir, personas trabajadoras respecto de las que haya comunicado previamente los valores V, W o X en el campo 'Tipo de Inactividad'.

c) Debe presentarse antes de solicitar el cálculo de la liquidación de cuotas correspondiente.

Eso sí, si la Declaración Responsable no se presenta conforme a lo indicado anteriormente, las exenciones se aplicarán.

Declaraciones responsables respecto del mes de junio

En este mes de junio, solo deberán presentar la Declaración Responsable aquellas empresas que no hayan podido reiniciar su actividad durante el mes de mayo. Es decir, las que, respecto del mes de mayo, hayan presentado una Declaración Responsable por fuerza mayor total a través de la opción Causa de la Peculiaridad de Cotización 058.