Coronavirus

ERTE: ¿se cobra la paga extra en verano y en Navidad durante la suspensión?

Más de cuatro millones de trabajadores se han visto afectados por un ERTE y ahora se preguntan qué derechos mantienen mientras dure esta situación.

Coronavirus: ¿puedo cobrar paga extra si he sufrido un ERTE?
Biel Aliño EFE

El estado de alarma decretado por la pandemia del coronavirus suspendió las actividades comerciales, recreativas, de hostelería y restauración y de espectáculos. Muchas empresas vieron cerrados sus negocios y otras, aunque operativas, también sufrieron un recorte tanto en su actividad como en sus ingresos.

Esta situación provocó una avalancha de ERTE en nuestro país, que afectaron a más de 4 millones de trabajadores y numerosas empresas optaron por una regulación temporal de empleo. El ERTE supone que la empresa suspende temporalmente el contrato de trabajo de su empleado o bien reduce su jornada laboral. El trabajador, por tanto, no es despedido, sino que durante un tiempo su actividad queda interrumpida.

Durante este tiempo, los afectados se han hecho multitud de preguntas sobre los derechos que mantienen o la prestación que tendrán durante el tiempo que dure el ERTE, entre otras cuestiones. También qué sucede con las pagas extras que tiene a lo largo del año. El Estatuto de los Trabajadores determina que todo empleado tiene derecho a dos pagas extraordinarias, incluso hay convenios que establecen tres a lo largo del año. Éstas se cobrarán dos o tres meses al año o bien serán prorrateadas en la nómina mensual.

No se devengan pagas extras mientras dure el ERTE

El derecho a recibir pagas extraordinarias se genera por cada día trabajado. Es decir, el importe a percibir será proporcional al tiempo trabajado, por lo que las pagas extras se van a ver afectadas cuando un trabajador esté en un ERTE. Mientras dure el ERTE de suspensión no se devengarán pagas extras. Por poner un ejemplo, si un empleado afectado por esta situación en la actualidad suele cobrar una de las pagas extras en el mes de junio, ésta se va a ver reducida cuando la perciba dentro de dos meses, ya que durante el tiempo que haya durado el ERTE no habrá generado la misma cantidad que por ejemplo el año anterior al haber trabajado menos días.

Por su parte, si un trabajador ha sufrido un ERTE de reducción de jornada, sí que seguirá generando pagas extras por día trabajado, con la particularidad que lo hará en una cuantía proporcional al tiempo de trabajado. Es decir, igual que su nómina mensual estará siendo menor, la cuantía de la paga extraordinaria cuando ésta se cobre, también será más baja.

El caso de Navidad

Dependerá del convenio colectivo que aplique la empresa. En función del mismo, podrá afectar a la paga extra de Navidad, puesto que en él se especificará si las pagas extraordinarias se devengan con carácter anual o semestral.

Si se devengan de forma anual, esto afectará a las pagas de verano y Navidad; en caso de hacerlo cada seis meses, tan sólo afectará a la remuneración extra de verano. Si los ERTE exceden del 30 de junio, la paga de Navidad comenzará a verse reducida, ya que se estaría entrando en el segundo semestre.

Pagas prorrateadas y vacaciones

Los trabajadores en ERTE, tanto de suspensión como de reducción, no verán afectado su salario si las pagas extra están prorrateadas, ya que para calcular la prorrata se debe dividir la cuantía de las pagas extra entre los doce meses del año y sumarla al resto de conceptos salariales, por lo que, durante el tiempo que un trabajador ha estado en expediente de regulación temporal de empleo, la paga extra ya ha sido descontada.

Por último, los empleados que hayan tenido que coger vacaciones durante el estado de alarma, perderán la parte proporcional de paga extra durante el tiempo que haya estado en un ERTE.