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Coronavirus: cómo hacer un testamento sin salir de casa

Spanic

El artículo 701 del Código Civil señala la realización de un testamento desde casa sin necesidad de notarios en caso de epidemia, y aquí os decimos cómo.

El confinamiento continúa afectando a la mayoría de la población. El número de víctimas por coronavirus sigue creciendo y muchos testamentos se quedan sin hacerse. Por ello, se ha recurrido al artículo 701 del Código Civil, que prevé que, "en caso de epidemia, puede otorgarse el testamento sin intervención de notario ante tres testigos mayores de 16 años". Esta será la primera vez que se pone en práctica en nuestro país.

¿Cómo debe hacerse este testamento?

Tan solo con un papel y un bolígrafo se puede sellar la firma y la fecha del día en que se redacta para validar un testamento ológrafo. En el caso de que el testador no sepa leer o escribir, gracias a las nuevas tecnologías se podrá hacer igualmente mediante voz o vídeo, siempre que esté presente físicamente en el proceso.También deben estar presentes como testigos personas diferentes a los instituidos como herederos. Ni siquiera cónyuges o parientes hasta 4º grado de consanguinidad.

También, además de a mano, se puede realizar de forma online. "Estamenta" es el primer portal que realiza testamentos a través de internet desde 2012. Únicamente será necesario un ordenador, teléfono móvil o tablet con acceso a internet, y rellenando un formulario.

¿Qué es el testamento ológrafo?

Este tipo de testamentos solo lo pueden hacer las personas mayores de edad y debe de estar escrito por el testador a mano, sin validez si quedara escrito por ordenador. Se debe incluir, además de la propia firma, la fecha, la hora y el lugar donde se ha realizado el escrito. La firma deberá ir al final del documento en todo caso; no será válida ponerla antes del resto del texto. En el caso de que el testador sea extranjero, podrá elaborarlo en su idioma.

Se trata de un documento privado y que se deberá guardar en un lugar específico. Solo tendrá validez si se presenta ante el juzgado de primera instancia más cercano al último domicilio del testador en un periodo de cinco años.

También encontramos otro tipo de testamento, el vital:

¿Qué es el testamento vital?

Sigue el mecanismo de tres testigos y sirve para dejar fijado por anticipado las actuaciones médicas llegado el momento. Se debe dejar constancia de los cuidados médicos que se desea recibir o no en caso de enfermedad irreversible. Se debe señalar si va a donar o no los órganos, así como designar a alguien que señale este tipo de instrucciones. También recogerá si quiere ser enterrado o incinerado, y en el caso de la eutanasia, no se tendrá en cuenta el documiento al ser ilegal en España, aunque sí que se podrá acoger a este si llegase a ser legal.

¿Estos testamentos son para siempre?

No. Estos tienen un tiempo limitado, y tras dos meses del cese de la declaración de la epidemia quedará invalidado. Una vez y se pueda salir de casa, el testador deberá acudir ante un notario para otorgar un nuevo testamento válido. En el caso de que la persona fallezca cuando no tiene validez este documento, los testigos tendrán tres meses para protocolizar el testamento.