CORONAVIRUS

El Gobierno rectifica y los autónomos sí podrán compatibilizar el paro con otra prestación

Charles Platiau

El Ejecutivo ha aprobado que los trabajadores por cuenta ajena finalmente puedan compatibilizar el paro con otro tipo de prestación de la Seguridad Social.

Tal y como ha publicado este miércoles el BOE, los autónomos finalmente podrán compatibilizar la prestación extraordinaria por cese de actividad debido al COVID-19 con cualquier otro tipo ofrecida por la Seguridad Social. Hasta entonces, un trabajador por cuenta ajena que estuviera cobrando una paga por orfandad o viudedad, no podía acceder al cobro del paro.

"Esta prestación será compatible con cualquier otra prestación de seguridad social que el beneficiario viniera percibiendo y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba", reza ahora el texto corregido del Boletín Oficial.

También, el BOE aclara que "no será necesario para causar derecho a esta prestación tramitar la baja en el régimen de Seguridad Social correspondiente", y que "la prestación extraordinaria por cese de actividad regulada tendrá una duración de un mes, ampliándose, en su caso, hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma, en el supuesto de que este se prorrogue y tenga una duración superior al mes".

Protección para autónomos

Una de las principales reclamaciones de los autónomos está relacionado con el pago de sus cuotas a la Seguridad Social. Para hacer frente a estos gastos, algunas comunidades, como es el caso de Madrid, harán frente al abono de esta mensualidad durante marzo y abril, además de lanzar un Plan de apoyo dirigido a otorgarles mayor liquidez.