Estado de alarma: guía y preguntas frecuentes sobre las nuevas medidas
El presidente del Gobierno ha decretado de nuevo esta situación en España tras una reunión extraordinaria del Consejo de Ministros.
Este domingo 25 de octubre, Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, ha decretado un nuevo estado de alarma en España tras una reunión extraordinaria del Consejo de Ministros. El objetivo de esta medida es dotar a las comunidades de una mayor seguridad jurídica a la hora de tomar decisiones para frenar la pandemia en sus territorios.
Debido a que tan sólo hace unas horas que se anunció oficialmente, los ciudadanos se hacen numerosas preguntas:
¿Es un estado de alarma como el anterior?
No, se trata de una medida diferente a la establecida el pasado mes de marzo. La gran diferencia radica en que no habrá confinamiento domiciliario de la población, además de que las decisiones serán tomadas por las comunidades autónomas.
¿Podría haber confinamiento general?
Inicialmente no está contemplado, pero las competencias las tienen los presidentes autonómicos. Si los datos en un territorio empeoran de forma notable, podrían decretarlo. Pero para evitarlo, el propio presidente del Gobierno ha solicitado a los ciudadanos que se queden en casa el mayor tiempo posible para limitar los contactos y reducir las posibilidades de contagio.
¿Cuándo entra en vigor?
En la tarde de este domingo 25 de octubre ha entrado en vigor. La regulación ya ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en ella se recogen las principales medidas que se podrán llevar a cabo.
¿Hasta cuándo se prolongará?
Inicialmente, la medida se extenderá hasta el próximo lunes 9 de noviembre. Pero la idea del Ejecutivo es que se prolongue durante seis meses, concretamente hasta el 9 de mayo. Previsiblemente, este martes durante el Consejo de Ministros se aprobará la propuesta de prórroga y posteriormente se llevará al Congreso de los Diputados para su aprobación.
¿Hay posibilidad de que acabe antes del 9 de mayo?
Tal y como ha asegurado Pedro Sánchez, está contemplada la posibilidad de que finalice antes si la situación epidemiológica mejora. Pero los seis meses establecidos por el Gobierno obedecen a criterios científicos y sanitarios. Tal y como afirman los expertos, es el tiempo estimado que se necesita para doblegar la curva y frenar la propagación de la pandemia.
¿Se podrá salir libremente de casa?
No. Durante el día se podrá salir para cualquier fin, pero por la noche, se limitarán los movimientos a través del toque de queda.
¿Cuál es el horario del toque de queda?
Por norma general, el Gobierno lo ha establecido desde las 23:00 horas hasta las 6:00 horas. Pero las autonomías tienen la posibilidad de variarlo en una hora: así, el horario podría ir desde las 22:00 horas hasta las 00:00 horas por las noches y desde las 5:00 horas hasta las 7:00 horas por las mañanas.
¿Hay excepciones al toque de queda?
Sí, durante el toque de queda se podrá estar en la calle por las siguientes causas justificadas:
- Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
- Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.
¿Alguna comunidad no tendrá toque de queda?
Sí, Canarias quedará exenta de esta restricción. Según indicó Pedro Sánchez, la decisión se debe a "sus "buenos datos epidemiológicos".
¿Se puede sacar al perro o salir a correr a partir de las 23:00 horas?
En principio no, salvo que la comunidad autónoma en cuestión establezca como hora de inicio del toque de queda las 00:00 horas.
¿Cuántas personas podrán reunirse?
Las comunidades autónomas también podrán limitar las reuniones sociales, pero con un límite de seis personas, salvo que éstas sean convivientes.
¿Qué ocurrirá en Navidad?
Todavía no se sabe, pero todo indica que Nochebuena y Nochevieja tendrán que celebrarse junto a los convivientes. Como el Gobierno pretende aprobar el estado de alarma hasta el 9 de mayo, el toque de queda también se prorrogaría, de manera que a partir de las 23:00 horas no se podría estar en la calle.
¿Se permitirá la movilidad dentro de la comunidad autónoma?
Dependerá de cada autonomía. Los presidentes regionales tendrán la potestad de decidir si hay libre circulación o si se realizarán confinamientos perimetrales dentro de la propia comunidad.
¿Y se podrá mover entre comunidades?
Al igual que la cuestión anterior, también dependerá de cada región. Las comunidades decidirán si cierran su territorio a otras autonomías, aunque en el caso de realizarse, podrían hacerse desplazamientos por motivos laborales, educativos o médicos.