CORONAVIRUS

¿Qué precios estarán limitados en la Nueva Normalidad?

El BOE ha establecido, a través de un real decreto ley, la normativa a seguir en la nueva normalidad; en ella seguirá habiendo límite de precios.

¿Qué precios estarán limitados en la Nueva Normalidad?
Cristobal Castro EL PAÍS

Este miércoles, el Boletín Oficial del Estado (BOE) sacó a la luz el real decreto ley con medidas de urgencia a tomar en la 'nueva normalidad', es decir, a partir del 21 de junio, que es cuando finaliza el estado de alarma. Tal y como indica el propio documento, en él se establecen "una serie de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación, dirigidas a garantizar el derecho a la vida y a la protección de salud mientras perdure la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, una vez expirada la vigencia del estado de alarma y de las medidas extraordinarias de contención".

Gran parte de las medidas que se han adoptado durante el estado de alarma seguirán tomándose en la nueva normalidad, y una de las que se mantendrá será el establecimiento de un precio máximo para algunos productos.

Se limitará el precio de productos sanitarios

Una de las novedades que incorpora el BOE en su real decreto ley es que se establecerá un límite en los precios de los productos considerados esenciales en la gestión de la crisis sanitaria -que están determinados por la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)- que no estén sujetos a prescripción médica y que son "necesarios para la protección de la salud poblacional". El precio lo fijará la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos.

En cuanto a los comerciantes de estos productos como farmacias o tiendas de primera necesidad deberán informar del stock, de la cantidad suministrada en la última semana y de la previsión de liberación y recepción de lotes -incluyendo fecha y cantidad estimada del producto-.

Por otro lado, el Ministerio de Sanidad tendrá la capacidad de priorizar la fabricación de un medicamento determinado.