CORONAVIRUS

Estado de alarma: ¿cuándo termina y cómo afecta al teletrabajo?

La última prorroga aprobada lo extendió hasta el 21 de junio, cuando previsiblemente se levantará en toda España. El teletrabajo será voluntario.

Coronavirus España 2020

Casi tres meses después de su declaración, el estado de alarma va tocando a su fin. Su retirada tendrá implicaciones en numerosos ámbitos de nuestra vida cotidiana que han estado regulados desde el 14 de marzo, desde la libertad de movimientos hasta el teletrabajo.

La sexta prórroga aprobada en el Congreso de los Diputados fijó su fecha de caducidad en el 21 julio. El Gobierno entiende, y así lo expresó el Ministro de Sanidad Salvador Illa en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del martes, que lo más previsible es que a partir de esa fecha pueda levantarse en toda España.

A partir de entonces el ejecutivo ya no gozará de las prerrogativas especiales que hasta ahora le han permitido limitar los movimientos de los ciudadanos o impedirles salir de sus casas salvo en algunos supuestos y a ciertas horas. Tampoco podrá obligar a las empresas a imponer el teletrabajo en sus plantillas.

Teletrabajo

Cuando el estado de alarma finalice, este será voluntario pero tendrá un carácter preferente a través del Real Decreto Ley 15/2020 aprobado el pasado 21 de abril, que estableció una prórroga de dos meses al vencimiento de la vigencia de la norma que establecía esta modalidad como obligatoria. La previsible es que el Gobierno, que ya prepara una ley para regular todos los aspectos del teletrabajo, prorrogue esta medida más veces. 

Respecto a esto, el decreto de 'nueva normalidad' publicado en el BOE el miércoles reza, en su capítulo II artículo 7, lo siguiente:

 

1. Sin perjuicio del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y del resto de la normativa laboral que resulte de aplicación, el titular de la actividad económica o, en su caso, el director de los centros y entidades, deberá:

 

e) Adoptar medidas para la reincorporación progresiva de forma presencial a los puestos de trabajo y la potenciación del uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible.