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CORONAVIRUS

Coronavirus: ¿quién paga la seguridad social en un ERTE?

Una de las cuestiones que muchos trabajadores se preguntan es quién asume los gastos correspondientes a la seguridad social en un ERTE.

Entrada a una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social en Madrid
Marta Fernández Jara - Europa PressEUROPA PRESS

Son muchos los trabajadores que debido a la crisis sanitaria han visto como su empresa se acogía a un ERTE para minimizar el efecto de la paralización de su actividad. En este caso, el empleado que esté incluido en el expediente de regulación temporal de empleo, verá cómo su salario disminuye hasta un 70% de su base reguladora durante los seis primeros meses y después, del 50%.

Pese a ello, la empresa mantiene la obligación de satisfacer su cuota a la Seguridad Social durante el tiempo que dure el ERTE. Aunque existe una excepciónel empresario con menos de 50 trabajadores quedará exonerado del pago de esta cuota .En el caso de que la compañía tenga 50 trabajadores o más en situación de alta, la exoneración de la obligación de cotizar tan solo alcanzará al 75 % de la aportación empresarial.

Por lo que respecta al empleado, seguirá cotizando como lo venía haciendo antes. El decreto ley establece que este periodo se considera como efectivamente cotizado a todos los efectos.  Además, las prestaciones por desempleo fruto de todos aquellos ERTE causados por el COVID-19 no se descontarán del paro acumulado a lo largo de su vida laboral.

Topes máximos

Además, estos expedientes tienen unos topes, dependiendo de si se tienen hijos a cargo o no. Si no se tiene ninguno, la máxima cantidad a cobrar será de 1098,09 euros; si se tiene uno, 1254,96 euros; y si se tienen dos o más, la cifra máxima que se puede ganar es de 1411,83 euros.

Protección

Una de las medidas impuestas por el Gobierno es que la empresa no pueda despedir al trabajador tras este ERTE hasta al menos seis meses después. En caso de hacerlo, se considerará improcedente y la empresa estará condenada a abonar al empleado una indemnización de 33 días por año trabajado.