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Coronavirus

¿Quién puede usar el coche para acceder al entorno natural donde practica su deporte?

El CSD resuelve oficialmente una de las dudas más comunes entre surfistas y ciclistas (entre otros colectivos) en la fase 0 del plan de desescalada.

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Un surfista estira al lado de su coche en el parking de un spot en Mahina, en el segundo día de flexibilización de las medidas contra el coronavirus que permiten surfear.
SULIANE FAVENNECAFP

Las órdenes ministeriales SND/380/2020, de 30 de abril y de 3 de mayo, que regulan las condiciones en las que se puede realizar actividad física al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus, establece que para las salidas con el fin de practicar deporte se permite circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos espacios naturales y zonas verdes autorizadas, respetando los límites del municipio (no profesionales y federados) y de la provincia (profesionales y DAN).

Deporte no profesional

La Orden Ministerial del 30 de abril publicada en el BOE establece también que para los deportistas no profesionales "no se permite el uso de vehículo motorizado o transporte público para desplazarse con el fin de practicar actividad física". Y en cambio, la del 3 de mayo -para federados y profesionales- no hace referencia alguna al vehículo privado en ninguno de los sentidos.

Deporte federado y profesional

Dado que los deportes de acción, en su mayoría (exceptuando los urbanos), se practican en los mencionados espacios naturales, esta se ha convertido en una de las dudas más frecuentes en la fase 0 del plan de desescalada entre federados y profesionales. Y las informaciones contradictorias de algunos medios, federaciones o ayuntamientos han contribuido a ello.

Para resolver la duda de manera oficial, el Consejo Superior de Deportes (CSD) ha emitido un documento de preguntas y respuetas en el que hace referencia explícita a este aspecto: "Sí, se puede usar el vehículo propio específicamente con el fin de acceder al entorno natural (río, mar, montaña, pantano, etc) para el desarrollo de la actividad deportiva, siempre con las limitaciones territoriales que recoge la Orden Ministerial SND/388/2020". Esto es los límites de la provincia para ambos casos.

El CSD responde: si eres federado o deportista profesional, sí, pero respetando los límites del municipio y la provincia, respectivamente.
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El CSD responde: si eres federado o deportista profesional, sí, pero respetando los límites del municipio y la provincia, respectivamente.CSD

Actualización: el BOE del 9 de mayo aporta nueva información sobre la actividad deportiva en la fase 1. Sin embargo, si bien habla de nuevos usos del coche (para acudir a terrazas, mercadillos, establecimientos hosteleros o para visitar familiares y amigos), no menciona en ningún momento novedad alguna respecto a su uso para hacer deporte. Por ello, el CSD ha elaborado otro documento de preguntas y respuetas para la fase 1 en el que se especifica que se mantienen la mayoría de límites de la fase 0. En cuanto al uso del coche, también, con la diferencia de que se puede usar para acceder a las instalaciones deportivas que abran en esta fase (siempre y cuando estén dentro de los límites de la provincio o zona geográfica establecida por la Comundiad Autónoma).

Uso de mar, ríos o embalses

Por desgracia, en otro de los casos en los que ha habido conflictos -por ejemplo la prohibición de acceder a las playas para hacer deporte en algún municipio- el documento del CSD no acaba de resolver la duda. Citamos, textualmente: "los deportistas pueden usar el mar, ríos o embalses para entrenar salvo que la autoridad municipal limite el acceso por los motivos oportunos y dentro de sus competencias". Perdidos en el mar -nunca mejor dicho- de si los motivos son oportunos o tienen las competencias adecuadas, en estos pueblos donde ha habido problemas los surfistas siguen con la duda...