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Se ha hecho justicia con Filipe Luis

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Yo, como árbitro, estoy de acuerdo con la sanción de un partido o de tres a cualquier jugador que utilice la fuerza excesiva en una entrada. Todo dependerá de la redacción del acta del partido.

El Comité de Competición siempre hace caso en primer lugar del acta como único documento y los árbitros acaban su servicio una vez enviada ésta a la Federación. Luego estaremos más de acuerdo o no con Competición cuando ponen las sanciones pero se debe acatar por el colectivo.

En el caso de Filipe Luis creo que la sanción fue hecha de forma precipitada, ya que existe una similitud en otras actas donde se emplean frases o palabras que dicen lo mismo.

Y ahí radica el error del Comité de Competición. Y lo digo por Mateu Lahoz (Etxeita) y Undiano (Filipe). Los dos dicen “impactar en la rodilla de un contrario con fuerza excesiva y en la disputa del balón o a distancia de disputarlo”.

Y eso es sancionado la mayoría de las veces con un partido de castigo. Ahora, ayer, a Competición ha tenido que rectificarle por su error (castigar al jugador del Atlético con tres) el Comité de Apelación.

A los árbitros no les puede molestar cuando el caso es al revés. Y más cuando por acciones claras que están tipificadas en el reglamento no se sancionan correctamente. Otra cosa diferente es que, en algunos casos, los árbitros no aciertan a reflejar correcta, detalladamente y de forma concisa en sus actas lo que ha ocurrido sobre el terreno de juego. Esto sí perjudica a Competición y a la hora de sancionar vienen los equívocos hacia los clubes.

Yo creo que se debe decir lo que se ve y no utilizar frases hechas. Y es que, cuando un colegiado va a redactar las amonestaciones, expulsiones, etc..., en un lateral del documento tiene un catálogo orientativo en el que apoyarse.