Prejubilación: edad, requisitos para pedirla, cuánto se cobra y quiénes pueden solicitarla
La prejubilación es un pacto entre el trabajador y la empresa que requiere tener una edad mínima de 55 años y antigüedad en la compañía, aunque no esté estipulado.
La prejubilación es un pacto entre la empresa y el trabajador que tiene como objetivo poner fin a la relación laboral entre ambos para que el empleado pueda acceder a la edad legal de jubilación en una situación económica similar a las que poseía cuando todavía trabajaba en la empresa. Es decir, seguir cobrando un sueldo hasta alcanzar las condiciones para la jubilación anticipada
Por otro lado, la jubilación anticipada requiere haber cotizado cierto número de años o tener cierta edad. Esta sí es una normativa de la Seguridad Social. La jubilación anticipada permite a las personas que quieren jubilarse recibir la pensión antes de haber alcanzado la edad legal, que actualmente se sitúa en los 64,6 años, aunque el Gobierno pretende modificarla.
Edad y requisitos para solicitarla
Normalmente, la jubilación anticipada se produce cuando una empresa comienza a reestructurar su plantilla. Entonces, los empleados con edades más avanzadas pueden acceder a la prejubilación para mantener sus ingresos hasta que alcanzan la edad para acceder a la jubilación anticipada. Se trata de un acuerdo entre la empresa y el trabajador.
Para poder solicitar la prejubilación hay que encontrarse en situación de desempleo (una vez ha terminado el contrato de trabajo con su empresa) tener 55 años o más en el momento de la reestructuración de la misma (no está estipulado), no tener la edad suficiente y los años cotizados para la jubilación anticipada, tener antigüedad en la empresa, firmar un acuerdo de prejubilación con la empresa, y que la empresa suscriba al trabajador en el Convenio Especial con la Seguridad Social.
¿Cuánto se cobra?
El trabajador recibe por parte de la empresa en torno al 60% y el 80% de su sueldo, dependiendo de la edad del trabajador, su antigüedad en la empresa o la duración de la prejubilación. Mientras se cobra la prejubilación, también se puede recibir la prestación por desempleo. Una vez se ha agotado la prestación por desempleo, la Seguridad Social será la responsable de las cotizaciones del prejubilado hasta que alcance las condiciones para la jubilación anticipada
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