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Ingreso Mínimo Vital en enero: ¿cuándo se cobra y cuándo llega al banco?

Se recibe el primer día laborable de cada mes, que en 2021 será el lunes 4, aunque algunas entidades pueden adelantar el pago al sábado 2.

Ingreso Mínimo Vital en enero: ¿cuándo se cobra y cuándo llega al banco?

A falta de pocos días para que termine el último mes del año, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) están a la espera de saber cuándo lo cobrarán en enero. Esta ayuda, que es de carácter mensual, se recibe en la cuenta el primer día laborable del mes. En 2021, esa fecha es el lunes 4, aunque puede darse el caso de que algunas entidades bancarias adelanten el ingreso al sábado 2.

Todas las personas que hayan presentado su solicitud desde el mes de junio, es decir, durante los seis primeros meses antes del 31 de diciembre, tienen derecho a ella con efectos retroactivos. Pero a partir del 31 de diciembre la situación cambiará, dado que "el derecho a la prestación del Ingreso Mínimo Vital nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud", tal y como figura en el artículo 11 del Real Decreto-ley 20/2020.

Integra otra prestación

Otra de las novedades que trae consigo el IMV a partir del 1 de enero es que la prestación por hijo a cargo para familias en situación de pobreza ha sido integrada por la Seguridad Social dentro de este subsidio. Así, muchas familias que la recibían deberán pedir ahora el IMV para recibir una ayuda económica.

Cómo pedirlo

Para solicitarlo, se puede acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social y presentar los documentos requeridos que acrediten los ingresos con los que se cuentan. En caso de hacerse por vía telemática, es necesario tener un certificado electrónico o usuario y contraseña cl@ve.

Aunque en caso de no disponer de estos elementos, se puede realizar sin certificado. Se accede a un formulario en el que se solicitarán los datos y los de los integrantes que forman parte de la unidad de convivencia. También se puede enviar por correo ordinario a la Dirección Provincial correspondiente y presentarlo después en el registro de cualquier administración pública, así como pedirlo presencialmente en la Seguridad Social con cita previa.