¿Están los despidos prohibidos en España? Tipos y consecuencias
Una de las medidas del Gobierno para tratar de evitar los despidos durante la crisis del coronavirus fue la flexibilización en los ERTEs.
Mucho se ha hablado durante la prohibición de los despidos en España a causa de la crisis del coronavirus. La expansión de la pandemia ha provocado un nuevo escenario económico nunca antes visto y que plantea muchas dudas. A finales de marzo, el Consejo de Gobierno aprobó una serie de medidas entre las que estaba la prohibición del despido a causa del coronavirus.
Por tanto, ¿está prohibido el despido en España mientras dure esta crisis? Los despidos seguirán tal y como estaban, con la única diferencia de que no se podrá poner como causa al COVID-19. Un despido por causas económicas entraría como causa del coronavirus, y para esos casos se facilitó la presentación de los ERTEs (Expediente de Regulación Temporal de Empleo).
Más que prohibirse, se han encarecido: si antes el despido por razones económicas tenía un coste de 20 días por año trabajado de indemnización (además del finiquito), y ahora tendría un coste de 33.
Despido procedente
Es el que se da cuando se juntan una o varias causas justificadas por la empresa para efectuarlo. Este a su vez se puede dividir en disciplinario (a causa de un incumplimiento grave del trabajador; en este caso no se recibe compensación) o despido por causas objetivas (debidos a razones económicas, de reorganización de la empresa o de la producción; la indemnización para el trabajador será de 20 días por año trabajado).
Despido improcedente
Se trata del más común de los despidos, sucede cuando no hay causa para el mismo o cuando no se pueden acreditar. En este caso, la empresa opta por pagar los 33 días mencionados con anterioridad o una readmisión con el pago del salario acumulado desde que se efectuó el despido hasta este se declara improcedente. Dado que es la empresa la que quiere rescindir el contrato, lo habitual es el pago de la indemnización.