NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

Canales y el derecho de retención

Todo apunta a que el Racing va a renovar a Canales y que posteriormente lo traspasará. Si se produce esa renovación se cierra una vía que había sopesado internamente el Racing y conocían los asesores del futbolista. Se trata del Artículo 18 del Convenio Colectivo de la LFP y la AFE que explica cómo los jugadores menores de 24 años que acaban contrato deben ser inscritos en una lista de compensación fijando una cantidad por la que otro club podría comprar al futbolista. Si ningún club abona esa cantidad, el futbolista es renovado obligatoria y automáticamente por su club con un aumento de sus emolumentos del siete por ciento de la cantidad fijada en la lista de compensación, más el IPC de los doce meses anteriores.

Por poner un ejemplo, si el Racing fija un precio de seis millones de euros en la lista de compensación, en la que puede inscribirse hasta el 30 de junio al futbolista menor de 24 años que acaba contrato, y ningún club abona esa cantidad, Canales sería renovado por el Racing y le deberían aumentar el salario el 7 por ciento de la cantidad fijada (en este caso serían 420.000 euros). De alguna manera, ese artículo 18 significa un derecho de retención para los menores de 24 años. Pero en el caso de Canales, el Racing no lo piensa utilizar porque va a renovar al chaval y luego lo traspasará. Y todo indica que al Madrid.