Se me ha olvidado pasar y sellar el paro ¿qué hago?
Una persona que está cobrando la prestación por desempleo debe renovar su tarjeta como demandante de empleo cada tres meses. De no hacerlo, puede ser sancionada.
Una persona en situación de desempleo que esté cobrando la prestación por estar en paro tiene la obligación de renovar cada tres meses de sellar el paro y renovar la tarjeta de demandante de empleo. Al estar en la obligación de estar dado de alta como demandante de empleo y al cobrar la ayuda por desempleo, cada 90 días debe acudir a una oficina de empleo para sellar el paro o, si lo prefiere, debe hacerlo por internet.
La fecha para renovar la tarjeta es un día concreto, por lo que, a muchas personas, en un descuido, se le olvida sellarlo. Por eso, muchas de ellas se preguntan qué deben hacer si se le ha pasado la fecha para sellar el paro. Hay que diferenciar dos situaciones.
Si aún es el día que tocaba que sellar el paro
Primero, si aún es el día en el que tocaba sellar el paro, hay que acudir a una oficina, aunque no sea la habitual, si aún está abierta. Se entenderá que el demandante ha acudido el mismo día de sello y podrá renovar su demanda. También lo podrá hacer por internet si dispone de certificado digital o DNI electrónico. Hay que recordar que el paro se puede sellar hasta las 23:59 del día fijado, por lo que, aunque las oficinas estén cerradas, siempre quedará la opción telemática.
Si ya se ha pasado la fecha de renovación
Si, por el contrario, ya se ha pasado la fecha de renovación, hay que acudir tan pronto sea posible a una oficina de empleo para intentar renovar la demanda. En ese caso, la oficina, en base a la justificación que ponga la persona, la oficina decidirá si renueva su demanda. No tienen obligación de hacerlo, pero existen casos en las que lo hacen. No obstante, si no le renuevan la demanda, sí que tendrá que volver a inscribirse como demandante de empleo y volverá a tener una nueva tarjeta de paro, que volverá a tener que sellar en tres meses.
Posibles sanciones
El funcionario también le informará, en caso de no poder renovar la demanda fuera de plazo, si ese olvido acarrea sanción. Está contemplado que, si una persona no sella el paro en tiempo y forma, se iniciará un procedimiento sancionador por infracción leve, que puede suponerle la pérdida del cobro de un mes de prestación. Si además no se vuelve a renovar una segunda vez, perderá tres meses. Si reincide por tercera vez, serán seis meses de pérdida de la prestación y una cuarta vez le haría perder un año el subsidio por desempleo.
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