Recurso del Madrid por Marcelo: no hubo intención y fue al balón
El Madrid lo presenta hoy ante el Comité. Solicitan que no tenga validez la decisión arbitral y, en el peor de los casos, un partido de sanción.
Este martes está previsto que el Real Madrid envíe el recurso sobre la expulsión de Marcelo ante el Comité Competición. Escrito que, como ya adelantamos la semana pasada en AS, sólo puede hacerse a través del correo que la RFEF ha creado recientemente y de manera exclusiva para el envío de cualquier reclamación, ya sea escrita o visual, ante el primer órgano disciplinario federativo.
Pues bien, según hemos podido saber, dos son las bases en las que el conjunto blanco se ampara a la hora de recurrir la decisión arbitral adoptada por Alejandro Hernández Hernández. Conviene recordar que el colegiado internacional canario expuso lo siguiente en su acta arbitral: “En el minuto 89 el jugador (12) Vieira Da Silva Junior, Marcelo fue expulsado por el siguiente motivo: Dar una patada a un adversario en la espalda, no estando el balón a distancia de ser jugado”.
Pues bien, a diferencia de lo que esgrime el colegiado del partido, el Real Madrid considera dos argumentos. Por un lado que no hay voluntariedad alguna de Marcelo en su acción con Lerma, para nada se trata de una patada intencionada sino que es como consecuencia de la caída del propio jugador que acaba golpeando al jugador de Levante.
Y por otro que además, y como consecuencia de la anterior, la acción se produce estando el balón en juego, dado que había sido el propio jugador madridista quien dispara estando interviniendo también el jugador levantino.
Considerando estas dos líneas argumentales de exposición, el Real Madrid entiende que no hay ni intención ni agresión por parte de Marcelo a Lerma. Y menos que la acción sea sin opción de jugar el balón, como queda recogido en el acta arbitral, sino que está en la disputa del mismo. De ahí que el Real Madrid entiende que hay un error en la decisión arbitral a la hora de expulsar al tercer capitán madridista y por tanto no debe existir sanción alguna. En el peor de los casos, en caso de no revocar la decisión arbitral, como mucho debería suponer un partido de sanción.
Este miércoles se reúnen los tres miembros del Comité de Competición
Ahora veremos qué decisión adoptan este miércoles los tres miembros del Comité de Competición de la RFEF. Como venimos exponiendo en AS desde el pasado sábado, en el peor de los casos y atendiendo al acta arbitral, puede suponer cuatro partidos para el lateral brasileño. Al incluir Hernández Hérnandez “no estando en balón en juego” da pie a poder acogerse al artículo 98 del Código Disciplinario que dice textualmente: "Agredir a otro, sin causar lesión, ponderándose como factor determinante del elemento doloso, necesario en esta infracción, la circunstancia de que la acción tenga lugar estando el juego detenido o a distancia tal de donde el mismo se desarrolla que resulte imposible intervenir en un lance de aquél, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos
Otra opción, más benévola, pasaría por el artículo 123 considerando la reacción de Marcelo como una acción violenta. Aquí partiría de un mínimo de dos partidos. "Producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, siempre que la acción origine riesgo, pero no se produzcan consecuencias dañosas o lesivas, se sancionará con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes”.
De hecho estos dos partidos sería el mínimo a considerar teniendo en cuenta que fue una expulsión directa y que, según el artículo 114, aquella tarjeta roja motivada por una acción donde no “haya posibilidad de jugar el balón” se castiga con un mínimo de dos partidos alejado de los terrenos de juego.