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¿En qué lugares será obligatoria la mascarilla y en cuáles no el 20 de abril?

El Consejo de Ministros aprobará una nueva normativa que entrará en vigor entre el 20 y el 21 de abril, tras publicarse en el BOE. Existen varias excepciones.

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¿En qué lugares será obligatoria la mascarilla y en cuáles no el 20 de abril?
Kike Rincon/Europa Press - Archivo EUROPA PRESS

España afrontará esta semana el paso decisivo para alcanzar la normalidad previa al inicio de la pandemia. A partir de esta semana, el uso de la mascarilla dejará de ser obligatorio en interiores, después de que el pasado 31 de marzo el Congreso aprobase una moción para eliminar su uso en estos espacios.

Sin embargo esta medida, que también fue acordada en el Consejo Interterritorial entre el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas, incluye varias excepciones. El Ministerio de Sanidad indicó en su último informe que la mascarilla seguirá siendo obligatoria para trabajadores y visitantes en centros asistenciales, hospitales, centros de salud, personas ingresadas cuando estén en espacios compartidos fuera de su habitación o en centros sociosanitarios.

Por otro lado, Sanidad especifica que para el resto de lugares hay una recomendación de uso responsable. Así lo explicó la ministra de Sanidad, Carolina Darias. "La excepción serán aquellos lugares en los que haya personas vulnerables. Para el resto de lugares, hay una recomendación de uso responsable, donde se puedan producir aglomeraciones". La medida llega después de la evolución favorable de la situación epidemiológica, y tras la llegada de la nueva estrategia de control y prevención de la COVID-19.

De este modo, el Consejo de Ministros aprobará la normativa con el objetivo de que entre en vigor entre el miércoles 20 y el jueves 21 de abril, tras publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Estos son los nuevos cambios con respecto al uso de la mascarilla en interiores.

¿Me pueden obligar a llevar mascarilla en colegios, institutos y universidades?

La primera modificación que trae consigo esta nueva normativa afecta a los centros educativos. En colegios, institutos y universidades la mascarilla dejará de ser obligatoria, a excepción de la población vulnerable, independientemente de si se trata de alumnos o profesores, para la que su uso continuará siendo obligatorio.

Además de en los patios, la mascarilla no será obligatoria ni en los pasillos ni en las aulas. En el caso de que se den circunstancias excepcionales, como una alta tasa de incidencia en la zona, la institución educativa tendría que plantear a la Consejería el restablecimiento de la mascarilla de forma obligatoria. En esta situación, será la propia Consejería de Educación quien tenga la ultima palabra al respecto.

¿Puede obligarme mi empresa a llevar la mascarilla en el trabajo?

Con respecto a las empresas, serán los departamentos de prevención de riesgos laborales de cada empresa los que determinen si el uso de la mascarilla es obligatorio o no. De momento, será obligatoria para los empleados y visitantes de centros asistenciales y personas ingresadas cuando estén en espacios compartidos fuera de su habitación o en centros sociosanitarios, y en el transporte público.

¿Me pueden obligar a llevar mascarilla en bares y restaurantes?

Sobre los establecimientos de hostelería, las empresas pueden hacer uso del derecho de admisión, por lo que pueden exigir a los clientes la obligatoriedad de su uso dentro del propio local. Las propias empresas pueden prohibir la entrada a ciudadanos que se nieguen a llevar mascarilla si se exige su uso dentro del propio establecimiento.

Tanto los bares como los restaurantes, entran dentro de la categoría donde el uso de la mascarilla es recomendable, y no obligatorio. Los servicios de prevención de riesgos laborales de estas empresas deberán valorar si el uso de mascarilla es una restricción necesaria.

¿Me pueden obligar a llevar mascarilla en aviones, trenes y BlaBlaCar?

Durante la pandemia, la mascarilla se ha mantenido obligatoria en los medios de transporte y, en base al nuevo informe del Ministerio de Sanidad, continuará siendo obligatoria. De este modo será imprescindible usar la mascarilla en aviones, trenes, metro, autobús, transportes en barco, taxi, VTC y servicios de vehículo compartido como es el caso de BlaBlaCar.

Así lo confirmó Carolina Darias. "No hay ninguna excepción en los transportes públicos. Hay que llevarlos en todos. Por avión, por ferrocarril, por guagua, en metro y también en los transportes en barco y en interior".

¿Me pueden obligar a llevar mascarilla en los gimnasios?

En cuanto a los gimnasios, al igual que sucede con otros espacios interiores, el uso de la mascarilla dejará de ser obligatorio con la nueva normativa, aunque su uso pasa a ser recomendable. Una recomendación que se debe al ser un lugar cerrado en el que puede concentrarse un gran número de personas y donde puede haber casos donde no se garantice la distancia de seguridad.

¿Me puede obligar a llevar mascarilla en las discotecas?

El uso de mascarilla en la discotecas ha evolucionado a medida que el ocio nocturno ha recuperado la actividad durante el periodo de pandemia. En su reapertura, la mascarilla comenzó siendo obligatoria, aunque la evolución favorable del contexto epidemiológico, marcada por el descenso de los contagios y de la incidencia acumulada, ha permitido que se produzcan cambios con respecto a su uso.

Así, el uso de la mascarilla en las discotecas será igual que en los bares y restaurantes. Pasa de ser obligatoria a recomendable. Hay una recomendación de uso aconsejable en base a las palabras anunciadas por Darias. "Hay una recomendación de uso responsable, donde se puedan producir aglomeraciones".