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¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 720 de la Renta y cómo se declara?

El modelo 720 es una declaración informativa sobre bienes y servicios que deben presentar todos los contribuyentes si tienen bienes en el extranjero.

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¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 720 de la Renta y cómo se declara?

El modelo 720 de la Agencia Tributaria es una declaración informativa sobre bienes y servicios que debe presentar de manera obligatoria cada contribuyente que tengan posesiones en el extranjero, ya sean acciones, cuentas bancarias, inmuebles u otro tipo de propiedades.

Esta medida fue elaborado por el gobierno de Mariano Rajoy en el año 2012, por el ministro de Economía de entonces Cristóbal Montoro, que lo incluyó en la ley contra el fraude fiscal. Quería detectar el patrimonio oculto tras la amnistía fiscal para grandes fortunas que el propio gobierno popular aprobó ese año también.

Quién tiene que presentar el modelo 720

El modelo 720 de Hacienda es un documento que deben presentar las personas físicas y jurídicas que residan en España y que dispongan de cuentas en entidades financieras, títulos, activos, bienes inmuebles, valores virtuales o seguros de vida en el extranjero con un valor de más de 50.000 euros.

Este modelo es meramente informativo, las rentas que se hayan podido generar a través de esos bienes deben incluirse dentro de la Declaración de la Renta. Los bienes deben recogerse en la Declaración de Patrimonio, siempre que el contribuyente esté sujeto a este impuesto.

Hay que tener en cuenta que si el patrimonio declarado aumenta en más de 20.000 euros en los ejercicios sucesivos, los contribuyentes deberán volver a informar sobre sus bienes.

¿Debes notificar las criptomonedas en el modelo 720?

No. La Agencia Tributaria española publicó un aviso confirmando que los ciudadanos no tienen ningún deber de informar sobre sus tenencias de criptomonedas para el ejercicio de este año 2021. “En el modelo 720 no se informa de monedas virtuales. La declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero no es exigible respecto al ejercicio 2021“, indicó el organismo.