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Los bancos señalan cuál será la nueva fecha en el cobro de pensiones y jubilaciones

Las entidades bancarias adelantarán el abono de la cuantía económica de los subsidios por jubilación para los días 21 y 22 en la próxima mensualidad

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Los bancos señalan cuál será la nueva fecha en el cobro de pensiones y jubilaciones
EUROPA PRESS - Archivo EUROPA PRESS

Este 2022 ha traído para los jubilados españoles una revalorización en su sistema de pensiones, que fue aprobada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones el pasado 25 de enero. Además, una de las novedades es la subida anual de la ayuda en función de la inflación media registrada en el último ejercicio. Si el IPC es negativo durante algún ciclo, las pensiones no sufrirán modificaciones a la baja.

El ministro José Luis Escrivá considera que el país cambia de “un marco que ponía el énfasis en los recortes a otro que garantiza el poder adquisitivo” y que acabará “con la incertidumbre absoluta de 11,5 millones de pensionistas qué sabrán que sus pensiones se desvalorizan con las medias de la inflación en noviembre”.

Otro añadido a destacar en la reforma de las pensiones ha sido la “paguilla”, cuya cantidad se sitúa entre los 4,5 y los 82 euros mensuales en 14 pagas al años y únicamente destinado aquellos jubilados que lo hicieron de manera anticipada en los últimos 20 años tras una largo periodo cotizado. De hecho, este mes de marzo es el primero en el que las personas que se prejubilaron entre el 1 de enero del 2002 y el 31 de diciembre de 2021 recibirán un complemento en su pensión.

Los bancos adelantan el abono de la pensión a los días 21 y 22

También, otra de las modificaciones ha sido el abono de la cuantía económica por parte de las entidades bancarias, de las cuales la mayoría abonaban cada mes a los pensionistas su correspondiente cuantía entre los días 24 y 25, pero que ahora se han adelantado para hacer el pago entre los días 21 y 22.

Asimismo, la Seguridad Social señala en su web que en el abono de la pensión “deben figurar en la cuenta de los perceptores o a disposición del beneficiario en la entidad financiera colaboradora el primer día hábil del mes en el que se realiza el pago y, en todo caso antes. del cuarto día natural del mismo".