Mañana vuelven las multas en Madrid Centro: qué coches pueden circular
La zona de bajas emisiones que sustituye a Madrid Central lleva en vigor desde el 22 de septiembre, pero hasta ahora solo se avisaba de la infracción.
Madrid Distrito Centro, el sustituto de Madrid Central como zona de bajas emisiones, está de vuelta. Tras dos meses de pruebas en los que las cámaras han estado registrando las matrículas de los infractores sin multar, el Ayuntamiento volverá a imponer sanciones a partir del 11 de diciembre. Las cámaras, operativas desde el 22 de septiembre, han estado captando imágenes de los coches que no cumplían con las restricciones y sus conductores han recibido simples aviso de multa.
Esta nueva ordenanza que pone límite a la circulación de coches en el centro de la capital, es prácticamente idéntica a la Madrid Central de Manuela Carmena, ya que comparten delimitaciones (afecta a todos los barrios de los distritos de Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol) y la mayoría de restricciones. Aunque hasta ahora solo se ha estado notificando a los conductores de que estaban cometiendo una infracción, desde este sábado 11 de diciembre comenzarán a ser multados aquellos que no cumplan con las medidas impuestas, con sanciones de 90 euros al considerarse infracción leve. No obstante, si se abona el importe en un plazo de 20 días naturales, se reduce hasta los 45 euros.
¿Qué coches pueden circular?
Para saber si tu coche puede circular por el centro de la capital, debes fijarte en la etiqueta medioambiental situada en la luna delantera, si bien también se puede consultar a través de la página web de la DGT. Solo aquellos vehículos que cuenten con una de las dos etiquetas más limpias (Eco y Cero) podrán conducir libremente por el centro.
¿Qué coches están restringidos?
Los vehículos de gasolina que fueran matriculados antes del 2000 y los diésel anteriores a 2006 no cuentan con etiqueta visible, pero se les clasifica dentro de la categoría A, la menos limpia. Estos son los únicos coches que tienen prohibido entrar en la zona delimitada, a no ser que pertenezcan a residentes o empadronados, o bien sean vehículos pesados o de servicios esenciales. Además, desde el 1 de enero de 2022 tendrán prohibido también el acceso y circulación dentro de la M-30.
Para los comerciantes, las normas se suavizan. Aquellos del distrito Centro con vehículos de categoría A podrán acceder con hasta tres coches por local. Los camiones que pesan más de 3,5 toneladas tendrán permitida la circulación hasta el 1 de enero de 2023 y dispondrán de un tiempo para carga y descarga de 45 minutos.
¿Y las motos?
Las motos tienen las mismas restricciones que los coches. Aquellas de categoría A no podrán acceder si no son residentes o no están empadronados. Por otro lado, para las etiquetas B y C hay restricción horaria: a partir de las diez de la noche será necesaria autorización de acceso: estacionar en un aparcamiento, invitación de un residente o tener plaza de garaje.
¿Cómo conseguir una invitación?
Solo los residentes del distrito Centro dispondrán de invitaciones. En total, podrán solicitar de forma telemática hasta 20 invitaciones al mes para familiares o amigos. Aunque no permiten el acceso a vehículos de categoría A, sí que permiten a los de etiquetas B y C estacionar durante un máximo de dos horas en la calle o sin límite temporal dentro de un garaje.
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